OBJETO
Obtener la autorización para la realización, en suelo no urbanizable, de las siguientes actuaciones cuando no estén sometidas a AAI o AAU:
- La extracción de launa y piedra de taco para uso vecinal, destinada al mantenimiento de las características constructivas tradicionales.
- Los proyectos de restauración de explotaciones mineras.
- La investigación de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos.
- La instalación de señales, salvo las exigidas en disposiciones legales y, en general, cualquier tipo de publicidad.
- Cualquier actuación que afecte a los recursos culturales no inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz e inventariados en el epígrafe 4.1.6.3 del PORN de Sierra Nevada, o a su entorno y muy especialmente para los siguientes casos:
1.º La realización de cualquier obra interior o exterior que afecte directamente a los bienes, a su entorno o a cualquiera de sus partes integrantes o pertenencias.
2.º Cualquier cambio de uso u obra menor que se lleve a cabo en los bienes catalogados o su entorno.
3.º La colocación en fachadas o en cubiertas de cualquier clase de artefacto, cable, antena y conducciones aparentes.
- La utilización de aditivos químicos para la nieve.
- Las actividades cinematográficas y fotográficas desarrolladas por empresas o con motivo del ejercicio profesional, como el rodaje de películas, reportajes gráficos o anuncios publicitarios.
- En general, la difusión de información por cualquier medio que pueda facilitar la localización de especies, poblaciones o recursos naturales en el interior del espacio natural cuando con ello se ponga en peligro la conservación de los mismos.
ÓRGANO QUE TRAMITA
Equipo de gestión del Espacio Natural de Sierra Nevada.