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Se puede realizar esta solicitud de forma electrónica si se posee certificado digital, en caso contrario deberán imprimirse los formularios y entregarse en los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería.
La solicitud se presentará con una antelación mínima de 30 días respecto a la fecha de comienzo de la actividad.
En el plazo de quince días, a contar desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro. Mediante resolución motivada en circunstancias sobrevenidas, se podrá revocar o suspender la autorización, notificándolo al interesado al menos con 24 horas de antelación al día y hora previsto para la actividad.
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