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La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, crea la autorización ambiental unificada como nueva figura de intervención ambiental cuyo principal objetivo es prevenir, evitar o, cuando esto no sea posible, reducir en origen la producción de residuos, las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo a través de un enfoque integrado y evaluación global de las incidencias ambientales de las actuaciones sometidas a la misma.
En este sentido, hay que destacar que el carácter integrador de esta nueva figura autonómica de intervención ambiental permite reconducir a una resolución única la evaluación de impacto ambiental y las distintas autorizaciones y exigencias ambientales que el promotor de determinadas actuaciones debe obtener de la Consejería y de entidades de derecho público dependientes de la misma, con carácter previo a su ejecución o puesta en marcha, simplificando y agilizando la tramitación administrativa a un solo procedimiento.
Por otro lado, esta autorización se configura como el instrumento adecuado, por su naturaleza y alcance, para el seguimiento y control por la Consejería del condicionado ambiental de la actuación proyectada, como una garantía más para el cumplimiento de su finalidad principal, la protección del medio ambiente en su conjunto.
Obtener la autorización ambiental unificada, autorización que tiene por objeto:
Delegaciones Provinciales de la Consejería o la Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático para aquellas actuaciones cuya ubicación afecte a más de una provincia y para proyectos que, por su especial incidencia ambiental, su magnitud o sus posibles afecciones lo hagan conveniente.
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