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Anualmente, los productores de residuos peligrosos deberán declarar a la Delegación Territorial de la Consejería la producción de residuos del año inmediatamente anterior, debiendo especificar como mínimo el origen y cantidad de los residuos generados o importados, identificados por su código LER, el destino dado a cada uno de ellos con indicación de los gestores a los que se les ha entregado y la relación de los que se encuentren almacenados temporalmente.
Cumplir con la obligación establecida para los productores de residuos peligrosos de presentar una declaración anual de los residuos peligrosos generados o importados.
Delegaciones Territorial de la Consejería.
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