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Para conocer si una actuación está sometida a uno de los instrumentos de prevención y control ambiental se ha de consultar el Anexo I del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Estos instrumentos tienen como finalidad prevenir o corregir los efectos negativos sobre el medio ambiente de las categorías de actuaciones contempladas en el citado Anexo.
Las actuaciones sometidas a Autorización Ambiental Unificada que a la entrada en vigor de la GICA estén legalmente en funcionamiento, se entenderá que cuentan con la misma.
Asimismo, aquellas actuaciones sometidas a Autorización Ambiental Unificada que a la entrada en vigor de esta Ley cuenten con Declaración de Impacto Ambiental, Informe Ambiental o Calificación Ambiental y no estén ejecutadas o en funcionamiento, se entenderá que cuentan con Autorización Ambiental Unificada a todos los efectos, sin perjuicio de la necesidad de obtener aquellas otras autorizaciones de carácter ambiental exigibles a la actuación por la normativa en vigor.
Para obtener esta autorización hay que cumplir una serie de requisitos establecidos en el artículo 6 del Decreto 334/2012, de 17 de julio, por el que se regulan las entidades colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las entidades colaboradoras, conforme al artículo 129.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, podrán actuar en el territorio de Andalucía en los siguientes ámbitos:
Para más información, se recomienda la consulta del trámite de Comunicación previa para actuar como Entidad Colaboradora en materia de Calidad Ambiental.
Se puede acceder a la información sobre ayudas y subvenciones vigentes a través del canal de Administración Electrónica.
No obstante, si la empresa realiza inversiones encaminadas a la protección del medio ambiente, se puede solicitar a la Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente un certificado de convalidación, para obtener una deducción equivalente al 10% de la cuantía de dichas inversiones en la declaración del Impuesto de Sociedades. Para más información se puede consultar la Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En el caso de que la empresa realice inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, se puede solicitar un certificado de convalidación a la Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, para obtener una deducción equivalente al 10% de la cuantía de dichas inversiones con ocasión de la declaración del Impuesto de Sociedades. Para más información se recomienda consultar la legislación del citado impuesto en la Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.