Inicio > Información Ambiental > Residuos y recursos materiales > Responsabilidad ampliada del productor del producto
Se entiende por productor del producto, las personas físicas o jurídicas que, de forma profesional, desarrollen, fabriquen, procesen, traten, vendan o importen productos que con el uso se convierten en residuos y que, con la finalidad de promover la prevención y de mejorar la reutilización, el reciclado y la valorización de residuos, podrán ser obligadas a adoptar un conjunto de medidas que habrían de ser reguladas en el plazo de tres años.
Regulación: La Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados dedica su Título IV a la responsabilidad ampliada del productor del producto, confirmando que por primera vez se establece un marco legal sistematizado y coherente en el que los productores de productos quedan involucrados en la prevención y organización de los residuos, en tanto que les queda transferida la obligación y coste de gestión de los productos que con su uso devienen en residuos a sus fabricantes, bajo el paraguas de los principios de la política de residuos y a las competencias administrativas.
Responsabilidad: La Ley delimita el ámbito de esta responsabilidad estableciendo obligaciones a las que pueden quedar sometidos los productores de productos tanto en la fase de diseño y producción de sus productos como durante la gestión de los residuos que deriven de su uso.
Formas de hacer frente a estas obligaciones, la Ley posibilita que se haga mediante:
Obligaciones comunes a ambos sistemas:
El desarrollo de este servidor WEB
ha sido cofinanciado por la Unión Europea