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La vigilancia y control de la calidad ambiental en Andalucía se lleva a cabo a través de diversos instrumentos, entre los que cabe citar a las diferentes redes de medida, tanto de emisiones como de inmisiones, que se han ido instalando desde mediados de la década de 1980 a 1990.
Este control y vigilancia tiene por objeto poder conocer en cada momento qué se arroja al medio y cómo responde éste a la dispersión de contaminantes y consta de una red de sensores que miden el tipo y cantidad de contaminantes, transmitiendo los datos a los centros de control de la Junta de Andalucía.
Se pueden distinguir dos tipos de redes de vigilancia y control:
En ambos casos, las estaciones de medida transmiten sus datos, siempre que sea posible en tiempo real, a los Centros de Control, donde se reciben y procesan los datos a escala regional. Esta conexión en tiempo real posibilita la adopción de medidas correctoras e incluso cautelares en el menor plazo de tiempo posible.
De acuerdo con el Artículo 51 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental, la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire está integrada por todos los sistemas de evaluación instalados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tiene como objeto suministrar información sobre la calidad del aire en Andalucía, está coordinada por la Consejería competente en materia de medio ambiente y se considera de utilidad pública.
El Artículo 82 de la misma Ley indica que, a fin de posibilitar el seguimiento de la calidad de las aguas se podrá disponer de los dispositivos de vigilancia y control que se requieran, que serán considerados de interés público, pudiendo imponerse las servidumbres que resulten necesarias.
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