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Secretaría General de Agricultura y Alimentación

  1. Corresponde a la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, con rango de Viceconsejería, el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
  2.  Así mismo corresponde a la Secretaría General de Agricultura y Alimentación la dirección, coordinación y control de las actividades:

    De los siguientes órganos directivos centrales:

  • La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.
  • La Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica.
  • La Dirección General de Estructuras Agrarias.

  • Del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.

  1. Corresponde a la Secretaría General de Agricultura y Alimentación impulsar y coordinar la consecución de los objetivos y la ejecución de las acciones relacionadas con las siguientes materias:

  • La ordenación, planificación, reforma y desarrollo de los sectores productores agrícola y ganadero.
  • La política de producción ecológica, así como el fomento del empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.
  • La definición de la política de apoyo a la agroindustria andaluza enfocada a la generación de valor en todas las fases de la cadena agroalimentaria con especial atención a la calidad y trazabilidad de los productos.
  • La investigación, formación y el desarrollo y la transferencia de tecnología en el sector agrario.


  1. En particular corresponden a la Secretaría General el ejercicio de las siguientes funciones:
  • El seguimiento de la Política Agraria Común así como de los programas establecidos por la Unión Europea en la materia.
  • La elaboración de las estadísticas de producción agraria y ganadera.
  • La planificación y coordinación de los estudios y evaluación de las políticas sectoriales y de los sectores estratégicos.
  • La prospectiva e investigación de mercados sectoriales que se consideren prioritarios por la Consejería en materia agraria.
  • El impulso de los diferentes sistemas de información y conocimiento agrario.

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