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Responsabilidad medioambiental

    Ley de Responsabilidad Ambiental

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    La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental, por medio de la cual se incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva comunitaria 2004/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, establece un nuevo régimen jurídico de reparación de daños medioambientales de acuerdo con el cual los operadores que ocasionen daños al medio ambiente o amenacen con ocasionarlo deben adoptar las medidas necesarias para prevenir su causación o, cuando el daño se haya producido, para devolver los recursos naturales dañados al estado en el que se encontraban antes de la causación del daño.

    La Ley ha sido desarrollada parcialmente por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, respecto a los métodos de evaluación de riesgos para el cálculo de la cuantía de la garantía financiera y a la forma en el que se debe realizar la reparación de los daños medioambientales producidos.

    Objeto de la Ley

    El objeto de la Ley 26/2007, de 23 de octubre de responsabilidad medioambiental es regular la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de conformidad con el artículo 45 de la Constitución española y con los principios de prevención y de “quién contamina, paga”.

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