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Mejora de la eficiencia energética de viviendas y edificios existentes. RENOVE

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En qué consiste

Se ha incorporado al Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 en su redacción dada en el Texto Integrado del mismo, aprobado en la Orden de 7 de julio de 2009, una nueva línea de incentivos a la rehabilitación residencial orientada a fomentar la eficiencia energética en edificios y viviendas, viviendas que en el caso de que se destinen al alquiler tras la rehabilitación deberán estar desocupadas. La medida permite cumplir con las directrices marcadas por el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, aprobado mediante el Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre, en materia de recuperación del patrimonio residencial existente y más concretamente en el ámbito de la optimización energética, que fomenta a través de las ayudas RENOVE.

 
Este programa se regula en la en la Sección 1ª del Capítulo VIII del Título II, del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, en su redacción dada en el Texto Integrado del mismo, aprobado en la Orden de 7 de julio de 2009 así como en la Sección 1ª, del Capítulo IV del Título II del Real Decreto 2066/2008 , de 12 de diciembre, y su tramitación está recogida en La sección 1ª del Capítulo IV de la Orden de 26 de enero de 2010, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado 2008-2012 y en la Orden de 9 de noviembre de 2011, por la que se modifica la Orden de 26 de enero de 2010, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 y se realiza la convocatoria pública de ayudas a personas inquilinas para el año 2011.
 
 
 
A través del nuevo programa, podrán acceder a financiación las comunidades de propietarios de viviendas o los propietarios o inquilinos autorizados de viviendas, que promuevan actuaciones orientadas a fomentar la utilización de energías renovables, así como a mejorar la eficiencia energética, la higiene, la salud y la protección del medio ambiente. En ese sentido, se subvencionará la instalación de paneles solares a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas; actuaciones que incrementen el aislamiento térmico como la sustitución de carpinterías o acristalamientos de los huecos; o cualquier mejora en los sistemas de instalaciones térmicas que incrementen su eficiencia energética o el uso de energías renovables.
 
De igual modo, se sufragará la instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua, la reutilización de las aguas grises en el propio edificio y la reducción de vertido al sistema público de alcantarillado; así como cualquier otra intervención que permita cumplir con lo establecido en los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación de ahorro de energía, salubridad y protección contra el ruido.
 
 
 
Será condición necesaria para acceder a la financiación establecida en este Programa que al menos el 25% del presupuesto protegido se dedique a la utilización de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud, y protección del medio ambiente, y la accesibilidad del edificio.
 
Las subvenciones varían su porcentaje en función de si se rehabilita un edificio o una vivienda. En el primer caso, la financiación cubre una cuantía máxima del 10% del presupuesto protegido con un límite de 1.100€ por vivienda para la comunidad y un importe del 15% para los propietarios con unos ingresos menores a 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Cuando la mejora se produzca en una vivienda, la ayuda se aplicará sobre el 25% del presupuesto protegido, con el límite de 2.500 €.
 
El programa contempla, además de las subvenciones, diferentes líneas de financiación, como son los préstamos convenidos y la subsidiación. En el primer supuesto, el crédito podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido de las obras y disfrutará de 15 años de amortización, sin tener en cuenta los ingresos de propietarios u ocupantes. Para la subsidiación, y teniendo en cuenta el límite de ingresos fijado en 5,5 veces el IPREM, el Plan Concertado en este contexto concede 140 euros anuales por cada 10.000 € de préstamo.

 

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