Portal de la Junta de Andalucía
Buscador general

p. ej. ofertas de empleo, ayudas, escolarización...

La Junta > Consejo de Gobierno > Referencias del año 2012

Sesión del 10/07/2012

El Gobierno andaluz modifica la normativa de suministro domiciliario de agua para reforzar los derechos de los usuarios 

El Consejo también introduce cambios de simplificación administrativa en los reglamentos de disciplina urbanística y talleres mecánicos

Consejo de Gobierno, 10/07/2012

La Junta de Andalucía reforzará los derechos de los consumidores y usuarios de servicios de suministro domiciliario de agua, al incrementar las posibilidades de reclamación y comprobación, reducir el número de facturas por lectura estimada, eliminar costes burocráticos por traslados o cambios de titularidad y suprimir los trámites de puesta en funcionamiento de instalaciones en las viviendas. Así se recoge en la modificación del reglamento en esta materia aprobada hoy por el Consejo de Gobierno para su adaptación a la Directiva europea de Servicios en el Mercado Interior y a los planes autonómicos de agilización y simplificación administrativa.

Además de esta reforma normativa, el Gobierno andaluz ha aprobado, con los mismos objetivos, otras tres modificaciones en los decretos reguladores de disciplina urbanística, talleres de reparación de automóviles y laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos.

Respecto al Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, vigente desde 1991, las entidades suministradoras deberán especificar en los contratos no sólo la presión mínima garantizada sino también la máxima. Ello contribuirá a resolver las reclamaciones de los usuarios cuando los aparatos se estropean por problemas de presión. En caso de que el contador se desmonte por indicios de mal funcionamiento, la entidad estará obligada a conservarlo durante un tiempo equivalente a dos periodos de facturación (seis meses). Este requisito facilitará las posibles comprobaciones por parte del usuario.

Otras mejoras introducidas en el reglamento a favor de los usuarios son la reducción de seis a tres meses en la periodicidad máxima de la lectura, que permitirá reducir el número de facturas de carácter estimado, y la nueva regulación de los supuestos de traslados, subrogaciones y cambios de titularidad, que podrán realizarse sin coste (salvo la actualización de la fianza) al no considerarse necesaria la suscripción de un nuevo contrato. En el caso de la subrogación, además, se amplían tanto los supuestos como el plazo, que pasa de 12 a 24 meses.

Asimismo, ante un cambio de contador, la entidad suministradora estará obligada a comunicarlo al abonado con una antelación de siete días hábiles, así como a darle la posibilidad de que esté presente en la sustitución. En caso de suspensión del suministro, la empresa tendrá que dar cuenta al usuario por correo certificado con acuse de recibo o cualquier medio que permita tener constancia de la recepción. La extinción del contrato requerirá un aviso previo con 15 días de antelación.

Tanto las entidades instaladoras como los usuarios también se beneficiarán de la eliminación de los trámites administrativos para la puesta en servicio de la instalaciones interiores de agua. Al igual que ya se hace con el gas en las viviendas, la puesta en servicio se realizará directamente ante la compañía con aportación del certificado de la empresa instaladora. El pasado año se tramitaron por este motivo en Andalucía más de 30.000 expedientes, que a partir de ahora ya no serán necesarios.

Una medida similar de agilización administrativa es la eliminación del requisito previo de autorización e inscripción en el Registro Industrial que actualmente se exige a las empresas suministradoras. Asimismo, se sustituye la autorización de la actividad de los inspectores de estas entidades por una comunicación de sus datos.

Supresión de visados

El segundo de los decretos modificados por el Consejo de Gobierno es el del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente desde 2010. La principal novedad es la supresión del visado en el proyecto básico para licencias de obras de edificación por parte del colegio profesional competente.

Este certificado, cuyo contenido se simplifica para adecuarlo a la normativa estatal, sólo será necesario para el proyecto de ejecución. Por su parte, las obras vinculadas a la Administración de forma contractual quedarán excluidas de ambos visados, siempre que queden garantizados los controles previos por parte de las entidades públicas.

La adaptación del decreto también incluye la sustitución de la autorización del inicio de obras por una declaración responsable en la que el promotor garantiza la plena concordancia entre los proyectos básico y de ejecución. Asimismo, se especifica que el Libro del Edificio deberá depositarse en el Registro de la Propiedad de la circunscripción donde se ubique el inmueble.

Respecto al decreto que regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación y mantenimiento de automóviles, vigente desde 2003, las modificaciones aprobadas darán también mayores garantías a los consumidores. De este modo, se especifica que el presupuesto que hace el taller, con una validez de 12 días hábiles, deberá ser rubricado por el usuario para que se proceda a la prestación del servicio. Para que la renuncia al mismo sea efectiva, esta decisión debe quedar recogida de forma expresa y con la firma del cliente en el resguardo de depósito del vehículo y no, como ocurría hasta ahora, en un documento independiente. El original de este resguardo, que debe recoger los servicios solicitados para que sea válido, quedará en poder del usuario con el fin de que pueda acreditarlo en una posible reclamación.

Como medida de simplificación de trámites, la modificación en la normativa de talleres sustituye también la autorización previa de apertura por una declaración responsable del titular del establecimiento, que puede ser comprobada a posteriori mediante inspecciones. Este documento, que habilita para el ejercicio de la actividad, deberá contener la clasificación del establecimiento por su rama de actividad y especialización. Además, se elimina la exigencia de disponer de un responsable técnico de taller.

El último de los decretos autonómicos adaptados a la legislación comunitaria es el que regula los laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos. En este caso se eliminan los requisitos de titulación específica para el jefe de laboratorio y el especialista en análisis químicos, así como la necesidad de que exista la demanda de mercado para su autorización. De igual forma, también se descarta el plazo de dos meses para iniciar la actividad una vez autorizado el servicio y la obligación de la inscripción previa en el registro industrial.

La transposición de la Directiva europea de Servicios en el Mercado Interior ha supuesto hasta la fecha la modificación de 17 leyes y 74 decretos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los cambios introducen fundamentalmente mecanismos de simplificación administrativa para usuarios y empresas. Entre ellos destaca la eliminación de 23 procedimientos de autorización, de los que 11 se han sustituido por comunicaciones previas y 10 por declaraciones responsables.


Subir Ir al sumario

El Consejo de Gobierno autoriza la contratación centralizada del suministro de hemoderivados para los hospitales andaluces  

El acuerdo, por cinco millones de euros, permitirá contar con productos de uso terapéutico elaborados a partir de plasma de los centros de transfusión

Consejo de Gobierno, 10/07/2012

El Consejo de Gobierno ha autorizado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) la contratación centralizada, con  la empresa Grifols, SA, del suministro de hemoderivados de uso terapéutico con destino a los hospitales del sistema sanitario público. La operación, por importe de 5,05 millones de euros, permitirá la adquisición de cuatro productos elaborados por la transformación de más de 133.000 litros de plasma humano procedentes de los cinco centros de transfusión sanguínea del SAS.

El contrato aprobado, quinto de uno de carácter general suscrito en septiembre de 2010 por un valor estimado de 23 millones de euros, tiene como finalidad el suministro de los hemoderivados seroalbúmina, Factor VIII, Alfa 1 antitripsina e inmonoglubina IV. Tanto la obtención de estos productos a partir del plasma de los centros andaluces de transfusión como la centralización del contrato permite un ahorro anual de 11,08 millones de euros en Andalucía.

Los hemoderivados de uso clínico se elaboran gracias a la obtención de sangre, de forma altruista y no remunerada, en las donaciones. Éstas pueden ser de sangre total, con separación de sus componentes (hematíes, plasma y plaquetas), o específica de plasma. En los cinco primeros meses de este año, se han realizado en Andalucía 116.952 donaciones del primer tipo y 6.066 del segundo.

Una vez recogido, el plasma puede ser congelado para su uso en transfusiones o procesado de forma industrial para el fraccionamiento en sus distintos componentes y la elaboración de hemoderivados. De los cuatro que son objeto del contrato autorizado hoy, la seroalbúmina cumple funciones de mantenimiento de la presión osmótica y de la capacidad para el transporte de hormonas y medicamentos. Esta proteína se aplica generalmente en tratamientos de la hipoproteinemia en enfermos renales crónicos, cirrosis hepática o desnutrición grave, entre otros.

Por su parte, el hemoderivado Factor VIII sirve para tratar la hemofilia tipo A y el Alfa 1 antitripsina se utiliza en pacientes con deficiencia de esta proteína, mientras que las inmunoglobulinas son anticuerpos utilizados en multitud de patologías infecciosas e inflamatorias, trasplantes de órganos sólidos e inmunodeficiencias.


Subir Ir al sumario

El Gobierno andaluz adapta la composición del Consejo Rector de la Agencia Tributaria a la nueva estructura de la Junta  

Aprobados los nombramientos de cuatro nuevos vocales en representación de centros directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública

Consejo de Gobierno, 10/07/2012

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que adapta la composición del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía a la nueva estructura de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

De acuerdo con la norma, las seis vocalías de este órgano corresponderán a las personas titulares de la Secretaría General para la Administración Pública, la Secretaría General Técnica, la Intervención General de la Junta de Andalucía y las direcciones generales de Política Digital; Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, y Tesorería y Deuda Pública.

Junto con el decreto de adaptación, el Gobierno andaluz ha aprobado hoy también los correspondientes nombramientos, como vocales, de Lidia Sánchez Milán, en su condición de secretaria general para la Administración Pública; Eva María Vidal Rodríguez, directora general de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, y Adolfo José García Fernández, interventor general de la Junta de Andalucía. Asimismo, el Consejo ha ratificado como vocal a José Antonio Cobeña Fernández, nombrado en junio de 2010, en su condición de director general de Política Digital.


Subir Ir al sumario

El Consejo de Gobierno nombra a Juan López Domech secretario general del Consejo Audiovisual de Andalucía  

Consejo de Gobierno, 10/07/2012

El Consejo de Gobierno ha nombrado a Juan López Domech secretario general del Consejo Audiovisual de Andalucía. Nacido en Huéscar (Granada) en 1955, López Domech es licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, donde ha ejercido como profesor asociado de Ciencias Políticas y de la Administración y profesor colaborador de Derecho Político y Constitucional. Desde 2008 era director del Gabinete de la Presidencia del Parlamento de Andalucía.

El nuevo secretario general ha sido concejal en el Ayuntamiento de Granada (2007-08) y, en la Consejería de Medio Ambiente de la Junta, secretario general técnico (2004-07) y jefe de Gabinete (2000-04).

Funcionario de la Escala Técnica de Universidades desde 1986, en este ámbito ha desempeñado, entre otras funciones, las de responsable del Gabinete Jurídico y vicegerente de Organización y Personal de la Universidad de Granada; asesor técnico de la Comisión Redactora de los Estatutos de las universidades de Granada (1985) y Almería (1995), y jefe de la Asesoría Jurídica de esta última (1995-2000).


Subir Ir al sumario

El Consejo aprueba el nombramiento de Manuel Benabent Fernández de Córdoba director general de Urbanismo 

Consejo de Gobierno, 10/07/2012

El Consejo de Gobierno ha nombrado a Manuel Benabent Fernández de Córdoba director general de Urbanismo de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente. Nacido en Sevilla en 1953, Benabent es doctor en Geografía por la Universidad Hispalense, técnico urbanista y diplomado en Cooperación al Desarrollo por el Instituto de Estudios Sociales Avanzados.

El nuevo director general ha trabajado desde 1990 como consultor en el campo de la ordenación del territorio y el urbanismo, así como en planificación y gestión de infraestructuras y servicios de carácter público. Ha sido redactor y co-redactor de una decena de planes, autor de numerosas publicaciones relacionadas con la planificación, el análisis territorial y el desarrollo local, y profesor en másters sobre estas materias. Anteriormente, entre 1984 y 1990, desarrolló su actividad profesional en la Administración Pública andaluza en diferentes centros directivos relacionados con la planificación territorial y urbanística.

Manuel Benabent ha desempeñado, entre otros cargos, los de presidente de la Asociación de Geógrafos Profesionales de Andalucía (19996-2002), de la delegación territorial del Colegio de Geógrafos de Andalucía (2002-05) y del Colegio de Geógrafos de España (2006-07). De esta última entidad también fue vicepresidente entre 2005 y 2006.


Subir Ir al sumario