La Orden de 5 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, desarrolla el procedimiento de puesta en funcionamiento de las instalaciones del Grupo II del Decreto 59/2005, es decir, las que no requieren autorización administrativa pero deben ser comunicadas a la Administración previamente a su puesta en funcionamiento para su registro y control.
Los tipos de instalaciones incluidos en su alcance, y que anteriormente se tramitaban mediante los procedimientos conocidos como LIBEX y 20 días, son los siguientes:
Conforme a la citada Orden, las comunicaciones de puesta en servicio de esas instalaciones, tanto si son nuevas como ampliaciones o modificaciones de existentes, deben cumplimentarse obligatoriamente a través del tramitador PUES desarrollado por la Consejería para tal fin, y presentarse bien electrónicamente a través del mismo tramitador, bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Delegación Territorial de la Consejería.
Documentos de ayuda para el uso del tramitador PUES:
Para ayudar a los interesados a familiarizarse con el tramitador PUES, la Consejería ha habilitado un simulador idéntico a ese tramitador en un entorno de formación. Tanto los trámites como los documentos de este simulador son idénticos a los del tramitador PUES, pero no producen ningún efecto administrativo. Puede acceder a este simulador a través del enlace a continuación:
Coexistencia del tramitador PUES con el procedimiento anterior
La disposición transitoria única de la Orden de 5 de marzo de 2013 prevé un periodo de tres meses de coexistencia entre el nuevo procedimiento (tramitador PUES) con el anterior (LIBEX/20 días), de manera que el interesado puede optar por realizar el trámite por uno u otro sistema.
Puede consultar los detalles del sistema anterior (LIBEX/20 días) y acceder a los documentos normalizados para su tramitación a través de la página:
El periodo de coexistencia finalizará el 11 de julio de 2013, fecha a partir de la cual sólo se podrá utilizar el tramitador PUES.
Instalaciones eléctricas de baja tensión que no requieren proyecto
Tal y como prevé la Orden de 5 de marzo de 2013, las instalaciones de baja tensión que no requieran proyecto se seguirán tramitando conforme a la Orden de 24 de octubre de 2005 (Sistema TECI).
Normativa de aplicación