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Servicio Andaluz de Empleo

Pedro Eugenio Gracia Vitoria

Titular:
Pedro Eugenio Gracia Vitoria

 

Sede:
Polígono Hytasa. C/ Seda Nave 5.
41071 - Sevilla

 

Teléfono: 955 03 31 00/ 902 50 15 50

Fax: 955 03 31 33

Sitio web

Pedro Eugenio Gracia Vitoria (La Carolina, Jaén, 1958) es licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado por la Universidad Miguel Hernández de Elche y ha cursado los estudios de ingeniero técnico industrial, en la especialidad de Electrónica, en la Escuela Universitaria de Ingeniería de Jaén. Desempeñaba el cargo director general de Calidad de los Servicios para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), para el que fue nombrado en abril del pasado año.

El director gerente del SAE ha ocupado diversos puestos en el sector público; entre ellos el de director del Instituto de Estadística de Andalucía. Asimismo, ha desarrollado labores docentes como profesor asociado en la Universidad de Almería.

El Servicio Andaluz de Empleo, en lo sucesivo la Agencia, creado por la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, se configura como Agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya.

La Agencia tiene, como objetivos específicos, el ejercicio de las competencias en materia de empleo y cualificación profesional y, en particular, las siguientes:

  • Fomento del empleo.
  • Formación para el empleo.
  • Orientación e información.
  • Prospección, registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo.
  • Fomento y desarrollo de cualquier otra medida encaminada a la mejora del empleo.

Para el cumplimiento de estos objetivos la Agencia ejerce las siguientes funciones:

  • Elaboración de los anteproyectos de los planes de empleo.
  • La planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, competencia de la Comunidad Autónoma, y en particular los siguientes:
    1. Los relativos a fomento del empleo.
    2. Los relativos a la formación para el empleo, la coordinación y planificación de los centros propios o consorciados, así como el desarrollo de cuantas otras funciones puedan corresponder a éstos en su materia.
    3. La prospección del mercado de trabajo y la difusión de información sobre el mercado laboral.
    4. La intermediación laboral, el registro de demandantes de empleo, la recepción de comunicación de contratos y la gestión de la Red Eures en Andalucía.
    5. La orientación e información profesional, y las acciones de apoyo para la mejora de la cualificación profesional y el empleo.
    6. Los relativos al fomento de vocaciones empresariales, la formación de emprendedores y pequeños empresarios,el fomento del autoempleo y la difusión de la cultura empresarial.
    7. La colaboración con los medios de comunicación de masas tanto para promocionar los distintos planes de empleo como para transmitir valores culturales y éticos que estimulen la generación de empleo y la calidad del mismo.
    8. La autorización de la condición de centros colaboradores o asociados a aquellas entidades que participen en la ejecución de actividades que sean competencia de la Agencia, así como la autorización y demás competencias sobre las agencias de colocación que actúen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
    9. La promoción y el desarrollo del empleo local, atendiendo a las necesidades específicas de cada territorio y en coordinación con las Administraciones Locales.
  • La resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones y la suscripción de convenios de colaboración, referentes a las competencias gestionadas por la Agencia.
  • La asistencia técnica a los distintos órganos de la Junta de Andalucía y a los de otras Administraciones Públicas, cuando sea requerido para ello, en materia de empleo y de formación profesional para el empleo.
  • Cuantas otras funciones le sean encomendadas por cualquier norma o acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía o aquellas que pudieran ser transferidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de política de empleo.

Organización:

En la organización central:

  • Órganos de dirección:
    1. Órganos unipersonales:
      • La Presidencia.
      • La Dirección-Gerencia.
      • Las Direcciones Generales, que en su caso se establezcan.
    2. Órganos colegiados:
      • El Consejo de Administración.
      • Órgano consultivo: El Consejo Asesor.
      • Órgano de control: La Comisión de Control.
    3. En la organización periférica:
      • Direcciones Provinciales.
      • Comisiones Provinciales.
      • Áreas Territoriales de Empleo.
      • Oficinas de la Agencia.

La Agencia se adscribe a la Consejería competente en materia de Empleo. La Agencia tiene su sede institucional en la ciudad de Sevilla, sin perjuicio de que las estructuras organizativas y unidades operativas desconcentradas que la componen puedan tener sedes distintas.