A la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, con nivel orgánico de Viceconsejería, le corresponden todas las funciones relacionadas con las políticas de la Enseñanza Superior Universitaria y, especialmente, la coordinación de las Universidades de la Comunidad Autónoma, así como las políticas en materia de I+D+i y las atribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. En particular, las siguientes:
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La elaboración de las propuestas de creación, modificación, supresión, adscripción o integración, según correspondan, de Escuelas, Facultades, así como de aquellos centros universitarios o institutos universitarios de investigación cuya creación no corresponda a las Universidades.
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La elaboración de las propuestas de implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional.
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La planificación general de la política universitaria andaluza y de manera particular de los recursos financieros afectados a esos fines.
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La evaluación de la propuesta de subvención anual a las Universidades Públicas de Andalucía y la propuesta de precios públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios conducentes a la obtención de títulos oficiales, dentro de los límites fijados en la Conferencia General de Política Universitaria.
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La planificación de las inversiones correspondientes a los niveles educativos de la Enseñanza Superior Universitaria.
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La elaboración de la propuesta de autorización del coste del Personal Docente e Investigador y del Personal de Administración y Servicios de las Universidades.
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El apoyo administrativo y funcional al Consejo Andaluz de Universidades.
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El impulso, gestión y coordinación de la investigación científica y técnica.
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El impulso, coordinación y desarrollo del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación.
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La gestión de la participación de la Consejería en la Conferencia General de Política Universitaria y en el Consejo de Universidades.
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La gestión de la participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Consejo General de Ciencia y Tecnología.
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El mantenimiento del Sistema de Información Científica de Andalucía.
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La coordinación de las Universidades con el sector tecnológico-empresarial y en especial el impulso de la transferencia de tecnología.
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El impulso y apoyo de las fórmulas de colaboración de las Universidades andaluzas con otras españolas y extranjeras.
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El impulso a las iniciativas empresariales orientadas a generar conocimiento y valor añadido a través de la innovación tecnológica.
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La coordinación de las redes científicas y tecnológicas en la Comunidad Autónoma.
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Las actividades de inspección con el fin de vigilar los comportamientos que pudieran dar lugar a la revocación de los actos de aprobación, reconocimiento, adscripción o autorización; a la imposición de sanciones, o al ejercicio de otras potestades de restablecimiento de la legalidad.