Comunicación a la autoridad laboral de la apertura de centros de trabajo o de la reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades.
Abierto plazo de solicitud
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 11 30 00 y 955 063 910 o escribir al correo buzonweb.sac.ceice@juntadeandalucia.es. Ver más...
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