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Agencia Andaluza de Evaluación Educativa

María Teresa Varón García

Titular:
María Teresa Varón García

Sede:

C/ Judería s/n. Edif. "Vega del Rey nº 1" 1ª Planta 41900 - Camas (Sevilla)

Teléfono: 955 40 50 00

Fax: 955 40 50 30

Email: gaeve.ced@juntadeandalucia.es

María Teresa Varón García (Córdoba, 1960) es licenciada en Filosofía y Ciencias de la Educación y pertenece a la Cátedra de Estudios de las Mujeres Leonor de Guzmán, de la Universidad de Córdoba. Desde mayo de 2008 ocupaba el cargo de directora general de Innovación Educativa. Anteriormente desempeñó las funciones de jefa de la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer en la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.

La responsable de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa ha ejercido como profesora en varios centros docentes y como coordinadora de los programas de Prevención de Drogodependencias y de Educación para la Salud en la provincia de Córdoba y como asesora del Plan Andaluz para la Cultura de Paz.

La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa se adscribe a la Consejería competente en materia de educación. Es una agencia administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía.

Corresponden a la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa los siguientes objetivos:

  • Fomentar la cultura de la evaluación en general y de la autoevaluación en los centros docentes, servicios, programas y actividades que conforman el sistema educativo andaluz.
  • Homologar los criterios y métodos de evaluación del sistema educativo andaluz con los de los organismos similares nacionales y europeos, tendiendo a un funcionamiento coordinado que mejore la calidad y prestación del servicio educativo y favorezca el estudio comparativo del sistema educativo andaluz con los de otras comunidades autónomas o países.
  • Colaborar en la promoción de la evaluación continua por los centros docentes de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje que llevan a cabo y de los resultados de su alumnado.
  • Favorecer la consecución de los objetivos educativos propios de cada centro docente para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo, mediante la evaluación de los mismos.
  • Fomentar la evaluación y acreditación del profesorado.
  • Contribuir, en su ámbito, a la mejora general de la calidad del Sistema Educativo Público de Andalucía.Los órganos de gobierno y dirección de la Agencia son:
    1. El Consejo Rector.
    2. La Presidencia.
    3. La Dirección General.

El órgano colegiado de carácter técnico de evaluación de la Agencia es la Comisión Técnica de Evaluación y Certificación.

De la Dirección General de la Agencia dependerán la Secretaría General y los Departamentos que se determinen de acuerdo con lo que se establezca en la relación de puestos de trabajo.

La Agencia contará con un Comité Científico que asesorará al Consejo Rector y a la Dirección General.

FUNCIONES:

En orden al cumplimiento de sus fines y objetivos, corresponden a la Agencia las siguientes funciones:

  • Realizar las evaluaciones del sistema educativo andaluz.
  • Definir los criterios que permitan instaurar un sistema de información homogéneo que asegure la evaluación objetiva del sistema educativo andaluz.
  • Colaborar con los organismos nacionales e internacionales de evaluación educativa para el cumplimiento de sus fines y participar en los programas internacionales de evaluación educativa.
  • Asesorar a la Administración educativa en la propuesta de planes de mejora derivados de las evaluaciones que se lleven a cabo, así como el seguimiento de la aplicación de los mismos mediante la evaluación de sus resultados.
  • Promover evaluaciones y estudios que contribuyan a favorecer la calidad y mejora de la enseñanza.
  • Cualesquiera otras funciones en el ámbito de la evaluación educativa y de la mejora de la calidad de la enseñanza que le sean atribuidas por disposición legal o reglamentaria.En relación con el ejercicio de competencias y potestades administrativas corresponden a la Agencia las siguientes:
    1. Elaborar, desarrollar y aplicar los planes plurianuales de evaluación general del sistema educativo andaluz.
    2. Elaborar y evaluar los indicadores de calidad del sistema educativo andaluz, analizando sus resultados y realizando propuestas de mejora.
    3. Realizar evaluaciones generales de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado y analizar los resultados globales de las mismas.
    4. Evaluar el funcionamiento de los centros docentes, los programas y los servicios educativos y, en su caso, acreditar los logros alcanzados de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca.
    5. Evaluar las actividades docentes y de gestión del profesorado, así como la función directiva, la formación del profesorado y la inspección educativa y acreditar, en su caso, los méritos a efectos de la promoción profesional y de la asignación de complementos retributivos.
    6. Evaluar la consecución de los objetivos educativos propios de cada centro docente público para la mejora de los rendimientos escolares, fijados en su Plan de Centro y previamente acordados con la Administración educativa, para la asignación de los incentivos económicos a que se refiere el artículo 21 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
    7. Establecer los procedimientos de evaluación y dar publicidad a los mismos.
    8. Cualesquiera otras potestades administrativas necesarias para el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado anterior.