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Dirección General de Participación y Equidad

Celso Fernández Fernández

Titular:
Celso Fernández Fernández

Sede:

C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja 41092 - Sevilla

Teléfono: 955 06 40 00

Fax: 955 06 40 03

Nacido en Zaragoza en 1967, Celso Fernández es licenciado en Derecho por la Universidad de Granada. Entre otros cargos en la Administración autonómica andaluza, ha desempeñado los de secretario general técnico de la Consejería de la Presidencia (2010-12); secretario general de Modernización de la Justicia (2005-08); director general de Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías de la Consejería de Justicia y Administración Pública (2004-05) y delegado provincial de este departamento en Jaén (2000-04).

El director general inició en 1987 su trayectoria profesional en el ámbito de la abogacía. Entre 1991 y 2000 fue diputado de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Abogados de Jaén, en cuya Escuela de Práctica Jurídica impartió clases de Derecho Procesal Penal. Desde 1998, y hasta su nombramiento como delegado provincial, Fernández trabajó como asesor jurídico en el Centro Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Úbeda (Jaén). Asimismo, entre 2008 y 2010 ocupó el cargo de gerente de la Empresa Pública de Servicios Municipales del Ayuntamiento de Jaén.

Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Participación y Equidad las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. En particular, son competencias de la Dirección General de Participación y Equidad:

  • El diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y programas destinados a atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo a que se refiere el artículo 113 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
  • En general, la programación y ejecución de las acciones que potencien el ejercicio de la equidad en la escuela, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, y en las disposiciones que las desarrollan.
  • La gestión y propuesta de resolución de las becas y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como la propuesta de desarrollo normativo y la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el ámbito de las enseñanzas no universitarias.
  • La ordenación y gestión del programa de gratuidad de los libros de texto de la enseñanza obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
  • La orientación educativa.
  • El fomento de la participación de los agentes sociales en la educación y, en particular, de los distintos sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros, especialmente a través de los consejos escolares.
  • El mantenimiento del Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza a que se refiere el artículo 180 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
  • La relación de la Consejería de Educación con las organizaciones representativas del alumnado y de los padres y madres de alumnos y alumnas, así como la gestión de las ayudas económicas dirigidas a estas.
  • La gestión del voluntariado en el ámbito educativo, así como de las ayudas económicas establecidas en este ámbito.
  • El impulso, la coordinación y la implementación de la perspectiva de género en la planificación, gestión y evaluación de las políticas educativas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
  • La ordenación y gestión de las medidas y programas para la promoción de la cultura de paz, la mejora de la convivencia en los centros docentes y el funcionamiento del Observatorio para la Convivencia Escolar en Andalucía.
  • La promoción del deporte en edad escolar y la cooperación y coordinación en esta materia con otros Departamentos y Administraciones públicas.