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Secretaría General Técnica

José Manuel Martín Rodríguez

Titular:
José Manuel Martín Rodríguez

Sede:

C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja. 41092 - Sevilla

Teléfono: 955 06 40 00

Fax: 955 06 40 03

José Manuel Martín Rodríguez,Écija 1964,licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla, Martín Rodríguez es funcionario del Cuerpo Superior de Administradores de Gestión Financiera de la Junta de Andalucía. Desde abril de este año desempeñaba el cargo de jefe del Departamento de Organización y Gestión de Recursos de la Agencia Tributaria de Andalucía.

Cuenta con una amplia experiencia en gestión de las finanzas públicas en la Administración autonómica, ya ocupó este mismo puesto entre marzo de 2001 y mayo de 2004. También en la Consejería de Educación fue jefe del Servicio de Presupuesto y Gestión Económica (1998-2000).

La trayectoria de José Manuel Martín en la Junta se completa con diversas responsabilidades en el área de Hacienda, entre ellas las de jefe de la Sección de Ingresos y Pagos del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (1998); jefe del Servicio de Control Financiero en la Intervención General (2000-01), y coordinador para la transformación de la Administración Tributaria de Andalucía (2009-12). En la Administración local, Martín Rodríguez fue director del Área de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla (2004-05).

De acuerdo con lo recogido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la persona titular de la Secretaría General Técnica tiene las siguientes competencias:

  • Impulsar, coordinar y supervisar el buen funcionamiento de los órganos y unidades administrativas de la Secretaría General Técnica, así como del personal integrado en ellas.
  • La tramitación, informe y, en su caso, elaboración de las disposiciones de la Consejería.
  • La asistencia jurídica y el apoyo administrativo a todos los órganos de la Consejería.
  • Las propuestas de resolución de los recursos administrativos, de las reclamaciones previas a la vía civil y laboral y de los procedimientos de revisión de oficio de disposiciones y actos nulos y declaraciones de lesividad.
  • La tramitación de los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Consejería.
  • La tramitación de los procedimientos sancionadores, excepto los relativos a materia de personal cuya tramitación sea competencia de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
  • La tramitación de los procedimientos de contratación de servicios públicos, incluidos los procedimientos de gastos correspondientes a estos y la celebración de licitaciones y propuestas de adjudicación; salvo que las competencias estén expresamente atribuidas a otros órganos administrativos.
  • La planificación, diseño y ejecución de las actividades necesarias para la construcción y mantenimiento de los sistemas de información de la Consejería, así como la utilización de las tecnologías de la información y comunicaciones en la modernización de los procedimientos administrativos, a excepción de las competencias atribuidas por el artículo 10.2.ñ) a la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado y de las que correspondan a otros Departamentos.
  • La dirección y ordenación del Registro General, la información al público, el Archivo y, en general, los servicios auxiliares y todas las dependencias de utilización común de la Consejería.
  • La elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería, el seguimiento, análisis, evaluación y control de los créditos presupuestarios y la tramitación de sus modificaciones. Asimismo, tendrá a su cargo la gestión de ingresos, tanto patrimoniales como derivados de tasas, cánones y precios públicos.
  • La gestión y resolución de los procedimientos de pagos y gastos corrientes, así como la tramitación de pagaduría y habilitación de la Consejería en Servicios Centrales y del control, coordinación y dirección de las habilitaciones periféricas.
  • El estudio e informe económico de los actos y disposiciones con repercusión económico-financiera en los Presupuestos de gastos e ingresos.
  • La confección y abono de la nómina y la gestión de los seguros sociales del personal dependiente de la Consejería, así como la elaboración y aplicación de las normas y directrices de su régimen retributivo.
  • Las propuestas de apertura de cuentas corrientes, tanto en Servicios Centrales como en periféricos, y la formación de los expedientes y cuentas justificativas de todos los ingresos y gastos para su envío a las Instituciones de control interno y externo correspondientes.
  • La gestión y tramitación del pago delegado de la nómina del personal docente de los centros concertados y elaboración de las instrucciones conducentes a su confección.
  • Las funciones que, en relación con el Registro de títulos académicos y profesionales, atribuye la legislación vigente a la Consejería de Educación.
  • La persona titular de la Secretaría General Técnica tendrá rango de Director General, según lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.