Tasa por acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias

Actualización 2025 (artículo 41, Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.)

Tasa por acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias Cuota Tributaria
El importe de la cuota tributaria es:
1. Por actividad formativa de tipo presencial. 137,94 euros
2. Por actividad formativa de tipo semipresencial. 176,91 euros
3. Por actividad formativa a distancia. 193,29 euros
Beneficios fiscales
Estarán exentos del pago de la tasa los entes cuyos centros, servicios y establecimientos sanitarios integren el Sistema Sanitario Público de Andalucía conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.
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