Subvenciones a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de Juventud.

Información general

Título formal:

Subvenciones a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de Juventud.

Código:
8575
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
29/06/2016

Descripción

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actuaciones en materia de juventud por Entidades Locales andaluzas.

Con estas subvenciones se financiarán la realización de actuaciones en materia de juventud por Entidades Locales Andaluzas.Con estas subvenciones se financiarán gastos corrientes de proyectos y/o actividades dirigidas mayoritariamente a la juventud andaluza, en algunos de los siguientes ámbitos:

1.- Emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación.
2.- Voluntariado Juvenil y participación.
3.- Igualdad, diversidad-LGTBI, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y prevención de la violencia de género.
4.- Cultura, creatividad, arte y talento juvenil.
5.- Vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.

- Conceptos subvencionables:

Gastos de personal, gastos de naturaleza corriente para la prestación de servicios o adquisición de bienes de naturaleza corriente, necesarios para la realización de proyectos y/o actividades dirigidas a personas jóvenes que tengan edades comprendidas entre 14 y 30 años, ambas inclusive, salvo en el ámbito del emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación, en cuyo caso la edad límite será de 35 años, desarrollados por las Entidades Locales Andaluzas enumeradas en el apartado 4, siempre que tengan relación con el fomento, promoción, desarrollo de actividades y la formación de la juventud andaluza, en alguno de los ámbitos enumerados en el apartado anterior.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Podrán solicitar las subvenciones:

a) Municipios a través de sus respectivos Ayuntamientos,o en su caso, a través de las Agencias Publicas Administrativas Locales.

b) Provincias, a través de sus Diputaciones.

c) Mancomunidades de Municipios.

d)Agencias Públicas Administrativas Locales.

e) Entidades Locales Autónomas.

Los conceptos subvencionables son: Gastos de personal, gastos de naturaleza corriente para la prestación de servicios o adquisición de bienes de naturaleza corriente, necesarios para la realización de proyectos y/o actividades dirigidas a personas jóvenes que tengan edades comprendidas entre 14 y 30 años, ambas inclusive, salvo en el ámbito del emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación, en cuyo caso la edad límite será de 35 años,

Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los recogidos en el apartado cuarto del Cuadro Resumen de la Orden de 13 de julio de 2022, por la que se modifica la Orden de 12 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a entidades locales andaluzas para la realización de actuaciones en materia de juventud:

a) Las Mancomunidades de Municipios deberán estar constituidas de acuerdo con lo establecido en la Sección 1.ª, del Capítulo II, del Título V, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

b) Las Agencias Públicas Administrativas Locales, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 34 de la Ley 5/2010, de 11 de junio.

c) Las Entidades Locales Autónomas deberán estar constituidas de acuerdo con lo establecido en el Título VII, de la Ley 5/2010, de 11 de junio.

d) En el caso de que presenten solicitud un Ayuntamiento y una Entidad Local Autónoma de su término municipal, los destinatarios de ambos proyectos no podrán ser coincidentes.

Documentación

La acreditación de los requisitos deberá realizarse conforme a lo establecido en el apartado décimo quinto del cuadro resumen de las bases reguladoras:

a) NIF de la entidad.

b) Certificación acreditativa de la condición del Alcalde o Alcaldesa, o persona que ostente la titularidad de la entidad, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En este último caso deberá aportar también acreditación de la representación que ostenta.

c) Certificado de la existencia de consignación presupuestaria, cuando la entidad beneficiaria contribuya con su aportación a la actividad objeto de la subvención.

d) En el caso de Entidades Locales Autónomas, certificación acreditativa de la constitución y aprobación de la misma, especificando el BOJA en el que se publicaron sus Estatutos, así como la vigencia de dicha situación. e) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.

 

En el supuesto de subcontratación, habrá de presentarse la documentación enumerada en el aptdo. 9 del Cuadro Resumen de Orden de 13 de julio de 2022, citada anteriormente.

Plazo de Inicio

  • 11/04/2023 - 03/05/2023 (El plazo de presentación de solicitudes se fija en la convocatoria. Para el año 2023 se establece un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria (BOJA Nº 66, de 10/04/2023))

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
En la resolucion
  • Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553), Presidencia del Instituto Andaluz de la Juventud.
En la materia
  • Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 4 Meses. Contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: 

https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166361.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 10/04/2023 Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, mediante la que se hacen públicas las subvenciones concedidas a Entidades Locales Andaluzas en materia de Juventud, correspondientes a la convocatoria del ejercicio 2022, al amparo de la norma que se cita.

  • 20/09/2023 Resolución por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de Comprobación Material de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2023.

  • 10/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 20/09/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 17/01/2024
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