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Secretaría General Técnica

María Teresa García de Casasola Gómez

Titular:
María Teresa García de Casasola Gómez

Sede:

Plaza de la Gavidia, nº 10 41071 - Sevilla

Teléfono: 955 031 800

Email: sgt.cji@juntadeandalucia.es

María Teresa García de Casasola Gómez (Sevilla, 1968) es licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla, en la especialidad de Derecho Público. Funcionaria de carrera de la Junta de Andalucía desde 1992, pertenece al cuerpo de Administradores Generales en la especialidad de Gestión Financiera. Actualmente desempeñaba el cargo de secretaria general del Instituto Andaluz de Administración Pública, para el que fue nombrada en 2010.

García de Casasola ocupó diversos puestos de responsabilidad en la Consejería de Cultura, entre ellos los de secretaria general técnica de la Consejería de Cultura (2008-2010); jefa del Gabinete de la Consejería, y coordinadora general de Servicios y jefa de la Oficina de Cooperación y Proyectos Especiales de la Viceconsejería. Asimismo, la nueva secretaria general técnica de Justicia e Interior ha sido profesora del máster de Gestión Cultural de las Universidades de Sevilla y Granada, así como del máster de Administración Local de la Universidad Hispalense.

A la Secretaría General Técnica, bajo la dependencia directa de la Viceconsejería y con nivel orgánico de dirección general, le corresponde además de la asistencia técnica y administrativa a la persona titular de la Consejería, las atribuciones previstas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

En particular, son competencias de la Secretaría General Técnica las siguientes:

  • La gestión de personal, sin perjuicio de las funciones que se atribuyen en esta materia a la Viceconsejería.
  • La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería.
  • Las funciones generales de administración, registro y archivo central.
  • Informe y, en su caso, elaboración de las disposiciones de carácter general de la Consejería, así como elaboración de propuestas de resolución de los recursos administrativos, reclamaciones previas a la vía civil y a la laboral y de los procedimientos de revisión de oficio de actos nulos y la declaración de lesividad de actos anulables.
  • La tramitación de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial de la Administración.
  • El impulso y la ejecución de la actividad presupuestaria y la gestión del gasto y de los ingresos coordinando, a estos efectos, a los distintos Centros Directivos de la Consejería.
  • La gestión de la contratación administrativa, así como del Plan de Sistemas y servicios de información y comunicación de la Consejería.
  • La planificación, coordinación, análisis y programación de la gestión informática de la Consejería y la supervisión y coordinación de la planificación informática de todos los órganos directivos de la misma.
  • La dirección de la labor estadística de la Consejería, excepto lo previsto en el artículo 5.3.i), y las publicaciones así como la dirección y gestión de la biblioteca y la preparación de compilaciones de las disposiciones vigentes.
  • Las restantes competencias que conforme a las disposiciones vigentes se le atribuyan.