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Radiodifusión y Televisión

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el marco de las normas básicas del Estado, atribuye a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución sobre competencias de medios de comunicación social.

Estas competencias corresponden a la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia en virtud el artículo 9 del Decreto 78/2010, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia. Se asignan a esta Dirección General la gestión de competencias en materia de medios de comunicación social, y, en particular, las relativas a radiodifusión sonora y servicios de televisión, con independencia de las tecnologías y de la modalidad de transmisión empleada y la gestión para la concesión de frecuencias radioeléctricas para uso de la Administración.

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Contacto: Teléfono 955001020 / email: dgcs.cpre@juntadeandalucia.es

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