Corresponde a los Letrados de la Junta de Andalucía adscritos al Gabinete Jurídico, la representación y defensa de la Administración de la Junta de Andalucía y de su Administración Institucional y del Consejo Consultivo de Andalucía en los siguientes ámbitos:
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía:
Los Letrados de la Junta de Andalucía podrán representar y defender a las autoridades y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su categoría, en toda clase de procedimientos judiciales que se dirijan contra ella, siempre que se trate deactos u omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos cumpliendo el ordenamiento jurídico o las órdenes de sus superiores, y que se conceda la autorización correspondiente, previo informe del Gabinete Jurídico, por el titular de la Consejería de quien dependa el afectado.
En caso de urgencia, por detención o prisión, los Letrados de la Junta de Andalucía podrán asistir a las autoridades y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, si éstos lo pidieren en cada caso, y siempre que concurran las mismas circunstancias previstas en el apartado anterior, sin perjuicio de obtener con posterioridad la necesaria autorización del titular de la Consejería respectiva.
En los casos en los que, resultando procedente la defensa de las autoridades y personal de la Administración de la Junta de Andalucía por los Letrados de la misma, pudiera existir incompatibilidad material por la posición procesal que la Comunidad Autónoma haya de mantener en el mismo o en otros procedimientos, la Consejería competente, previo informe del Gabinete Jurídico, podrá contratar los servicios de profesionales que se encarguen de la defensa de aquel personal.
Las funciones consultivas del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía comprenden el asesoramiento en Derecho del Consejo de Gobierno, de la Administración Pública y de los Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía.
A los efectos del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, se entenderán incluidas en el ámbito de las funciones consultivas las siguientes:
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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