A la Secretaría General de Acción Exterior, cuya persona titular tendrá rango de Viceconsejero o Viceconsejera, le corresponden, además de las previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, las siguientes atribuciones:
a) La planificación, coordinación y seguimiento de la acción exterior de la Administración de la Junta de Andalucía y el asesoramiento general a sus órganos administrativos y entidades instrumentales sobre esta materia.
b) La coordinación y seguimiento de los acuerdos y convenios de colaboración que pueda establecer en el ámbito de la acción exterior.
c) La coordinación general de las actuaciones de la Junta de Andalucía derivadas de la pertenencia de España a la Unión Europea, representando a la Comunidad Autónoma ante los órganos de coordinación de la Administración General del Estado en estas materias, e impulsando y coordinando la participación de la Junta de Andalucía en instituciones u órganos de la Unión Europea, en el Congreso de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa y en otras organizaciones regionales.
d) El impulso y desarrollo de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza, sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior, así como el fomento de la participación en redes sociales existentes para ese fin.
e) El seguimiento y estudio de la normativa de la Unión Europea e impulso de las medidas necesarias para la eficaz adaptación de la normativa autonómica a ella, la tramitación de las notificaciones y comunicaciones de ayudas públicas, la coordinación y seguimiento de los procedimientos de infracción de la normativa de la Unión Europea, y la notificación de las reglamentaciones técnicas.
f) La coordinación de la cooperación territorial europea en sus tres capítulos: cooperación interregional, transnacional y transfronteriza.
g) El impulso, coordinación y desarrollo de las relaciones de cooperación entre la Junta de Andalucía y las regiones limítrofes portuguesas del Algarve y el Alentejo, con las que conforma la eurorregión ALENTEJO-ALGARVE-ANDALUCÍA.
h) El apoyo e impulso de las actividades relacionadas con la política y los proyectos de cooperación territorial europea en el área mediterránea, especialmente con la región vecina del norte de Marruecos y el área atlántica.
i) Las funciones relativas a la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas, que queda adscrita a la Consejería de la Presidencia e Igualdad a través de la Secretaría General de Acción Exterior. Delegación que tendrá como función el seguimiento, asesoramiento, formación e información en relación con las políticas, programas e iniciativas de la Unión Europea que afecten a las competencias o intereses de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cualesquiera otras que le sean encomendadas por la persona titular de la Secretaría General.
j) Asimismo le corresponde el ejercicio de las competencias de coordinación de las políticas sobre andaluces y andaluzas en el mundo.