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Viceconsejería

Antonio Vicente Lozano Peña

Titular:
Antonio Vicente Lozano Peña

Sede:

Av. De Roma s/n. (Palacio de San Telmo) 41004 - Sevilla

Teléfono: 955 03 55 00

Fax: 955 03 52 94

Antonio Vicente Lozano Peña, nacido en Marmolejo (Jaén) en 1961, es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales y máster en Estudios Turísticos por la Universidad de Málaga. Desde abril 2009 desempeñaba el cargo de viceconsejero de la Presidencia.

La trayectoria de Lozano en la Administración andaluza comenzó en 1997 cuando fue nombrado director general de Planificación de la Consejería de Economía y Hacienda, responsabilidad que ejerció hasta su designación como director general de Presupuestos en 2002.

El viceconsejero de la Presidencia e Igualdad, que ha desempeñado su labor profesional en los ámbitos de la economía, el desarrollo regional y la gestión pública, pertenece al Departamento de Teoría e Historia Económica de la Universidad de Málaga. En 1995 recibió el Premio Andalucía de Economía y Hacienda Autonómica y en 1988 el de Estudios Turísticos. Lozano Peña ha dirigido seminarios y cursos de especialización y es autor de numerosos trabajos y publicaciones.

La persona titular de la Viceconsejería ejerce la jefatura superior de la Consejería después de la persona titular de la misma, y de ella dependen los demás órganos directivos de la Consejería, de conformidad con lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Así mismo, le corresponde la representación y delegación general de la Consejería y el ejercicio de las funciones que de carácter general se le atribuyen en el artículo 27.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y aquellas específicas que la persona titular de la Consejería expresamente le delegue.

Igualmente, la persona titular de la Viceconsejería ejercerá la Secretaría de Actas del Consejo de Gobierno, con las funciones previstas en artículo 34.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.

Del mismo modo, asistirá a la persona titular de la Consejería de la Presidencia e Igualdad en la coordinación de las actuaciones de la Consejería con respecto al apoyo en el ejercicio de la actividad de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

De la persona titular de la Viceconsejería dependerá la coordinación de la posición común que deba defenderse por parte del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la Comisión Mixta Paritaria Gobierno-Junta de Andalucía y en la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado, a las que se refieren respectivamente la Disposición transitoria primera y el artículo 220 del Estatuto de Autonomía, así como en cualquiera otra comisión de relaciones con la Administración General del Estado.