La Consejería de Salud y Bienestar Social viene apoyando y financiando el mantenimiento de estructuras que organicen el movimiento asociativo de personas con discapacidad. Así, en el año 2000, se reguló mediante Decreto 301/2000, de 13 de junio, el Consejo Andaluz y los Consejos provinciales de atención a las personas con discapacidad, como órganos asesores y de participación.
Dentro de las funciones propias del Consejo Andaluz de Atención a Personas con Discapacidad se encuentran la emisión de informes de asesoramiento para la elaboración de proyectos e iniciativas normativas que afecten a la población andaluza con discapacidad, el fomento del desarrollo de acciones de información, análisis, elaboración y difusión de información, la presentación de iniciativas y la formulación de recomendaciones en relación con los planes o programas de actuación, la realización del seguimiento de las actuaciones de los poderes públicos en el campo de la atención a las personas con discapacidad, o el impulso de estudios e investigaciones sobre aspectos relacionados con la situación y calidad de vida de las personas con discapacidad.
La ampliación del nivel de participación de las personas con discapacidad en los Órganos institucionales y en los procesos de adopción de las decisiones que les afectan es un derecho irrenunciable de las mismas, y un deber a cumplir por parte de las Administraciones Públicas. Por razones tanto jurídicas como éticas.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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Personas con discapacidad