Hay Estados, entre ellos España, que han suscrito el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 para suprimir la exigencia de legalización de los documentos públicos. Para las relaciones entre Estados que han suscrito el referido Convenio, se certifica la autenticidad de las firmas mediante la apostilla, que coloca la autoridad competente sobre el original del propio documento. Dichas firmas deberán ser ológrafas (de puño y letra).
La apostilla de los documentos se hace siempre de los documentos originales, excepto en el caso del D.N.I., pasaporte o libro de familia que se hará sobre copia notarial del mismo.
Para algunos documentos es necesario la legalización previa al sello de la apostilla.
En caso de ser necesario la traducción de la documentación, ésta se realizará una vez apostillados los documentos.
Las autoridades u órganos competentes para colocar la apostilla en los documentos españoles son:
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Certificado de nacimiento, matrimonio, defunciones, sentencia de divorcio...
Obtención del documento: Registro Civil en el que este inscrito el hecho.
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Apostilla quien ostente la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente en donde se hubiera producido el hecho.
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Certificado de antecedentes penales
Obtención del documento: Ministerio de Justicia. Registro General de Penados y Rebeldes.
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Apostilla el Registro General del Ministerio de Justicia.
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Certificado Médico
Obtención del documento. Cualquier médica o médico colegiado . Se emite en impreso oficial.
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Certificado de la Declaración anual del I.R.P.F.
Obtención del documento: En la Agencia Tributaria correspondiente, el documento deberá llevar el visto bueno de quien ostente la titularidad de la Delegación Provincial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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Legaliza el Ministerio de Economia y Hacienda.
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Apostilla el registro general del Ministerio de Justicia.
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Certificado bancario
Obtención del documento: Oficina bancaria correspondiente.
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Legaliza el notario o la notaria que tenga reconocida la firma del Banco.
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Apostilla la persona titular del Decanato del Colegio Notarial respectivo.
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Permiso de entrada y residencia del menor en España
Obtención del documento: Dirección General de Policia. Comisaría General de Extranjería y Documentación (Ministerio del Interior).
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Apostilla el registro general del Ministerio de Justicia.
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Declaración ante la notaría de las personas solicitantes, escrituras de poder a favor de abogado o abogada o representante, cartas personales de presentación o recomendación, solicitud dirigida a los centros de adopción, escritura de la vivienda, certificado del banco, pasaportes, DNI...
Obtención del documento: Son documentos privados que aportan las personas solicitantes o firman los notarios o notarias, en presencia de las personas interesadas.
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Firma el notario o notaria .
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Apostilla la persona titular del Decanato del Colegio Notarial respectivo.
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Certificado del Registro de la Propiedad.
Obtención del documento: En el Registro de la Propiedad correspondiente.
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Firma del registrador o de la registradora .
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Legaliza la persona titular del Decanato del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
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Apostilla el Registro General del Ministerio de Justicia.
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Certificado de Empleo
Obtención del documento: Según sea empresa privada o pública.
Empresa Privada :Obtención del documento: En la empresa, con la firma del empresario o de la empresaria
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Legaliza el notario o la notaria que tenga reconocida la firma de la Empresa.
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Apostilla la persona titular del Decanato del Colegio de Notarios que corresponda.
Empresa Pública :
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Administración Central:
Obtención del documento: En el Servicio de Personal del centro de trabajo, con el visto bueno de quien ostente la titularidad de la Delegación Territorial correspondiente.
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Legaliza el Ministerio al que pertenezca el centro directivo.
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Apostilla el Ministerio de Justicia.
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Guardia Civil: Obtención del documento: Jefe o jefa de Sección de Retribuciones de Personal de la Guardia Civil.
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Legaliza la persona encargada de la Notaría Militar de la Guardia Civil.
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Legaliza la persona encargada de la intervención de la Notaria Militar (Intervención General de Defensa-Notaria).
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Apostilla el Ministerio de Justicia.
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Administración Autonómica:
Obtención del documento: En el Servicio de Personal de la Consejería o Delegación Territorial correspondiente.
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Legaliza la Secretaría General Técnica de la Consejería correspondiente.
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Apostilla el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Sevilla, Málaga o Granada (según corresponda).
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Administración Local:
Obtención del documento: En el Servicio de Personal de la Corporación Municipal correspondiente, firmado por la persona que tenga la firma reconocida en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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Apostilla el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Sevilla, Málaga o Granada (según corresponda).
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Certificados de Empadronamiento, Fe de Vida y Estado...
Obtención del documento: En la corporación municipal correspondiente, firmado por la persona que tenga reconocida la firma en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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Apostilla el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Sevilla.
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* Estos documentos pueden también ser autorizados por via notarial
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Legaliza el notario o la notaria que tenga reconocida la firma correspondiente.
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Apostilla la persona titular del Decanato del Colegio de Notarios que corresponda.
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Documentos de la Entidad Pública estos documentos son: Informe Psicológico, Informe social, Certificado de idoneidad, Compromiso de seguimiento, cualquier otro documento emitido por esta Dirección General.
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Visto bueno de la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias.
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Apostilla el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Sevilla.
Información actualizada a fecha 03/04/2013