IMPORTANTE: (Noviembre 2012) Se ha recibido información del ICAB en la que indican que el 17 de agosto de 2012 han aprobado una nueva Resolución que establece un nuevo sistema de cupo de asignaciones que modifica el seguido hasta ahora y que afecta tanto a los expedientes tramitados por Protocolo Público como a los tramitados por ECAI.
Este sistema de asignaciones va a suponer un retraso considerable en las asignaciones de los expedientes que ya están registrados en Filipinas, pudiéndose alargar la espera en varios años.
El 10 de agosto de 2012, el ICAB ha aprobado una Resolución que establece que los menores con una edad de 6 años en adelante se consideran menores de necesidades especiales. Así mismo comunican la derogación de la moratoria que no permitía adoptar a menores de hasta 24 meses.
El 24 de febrero de 2012, el ICAB ha aprobado una nueva Resolución que modifica los criterios de elegibilidad para la adopción internacional. Estos criterios afectan a todos los expedientes que no hayan sido aprobados por el ICAB con anterioridad a marzo de 2012. Los nuevos requisitos son los siguientes:
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Requisito de nivel educativo: las familias adoptantes tienen que tener al menos certificado de estudios secundarios.
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Requisito sobre ingresos: las familias adoptantes tienen que tener unos ingresos mínimos anuales de $40.000,00 (dólares norteamericanos).
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Familias adoptantes con historia de divorcio: dado que la estabilidad del matrimonio garantiza la durabilidad de la colocación del niño en familia, se aceptará como máximo dos divorcios.
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Familias monoparentales serán un recurso para niños de entre 9-15 años.
- De acuerdo con la información facilitada por el ICAB, debido al aumento de los tiempos de espera que se están produciendo hasta la asignación, se ha establecido un sistema de cupo de expedientes para tramitar por ECAI o por Entidad Pública. Para 2013 el ICAB ha comunicado que no se puede tramitar ni con ACI ni por Entidad Pública, la ECAI AAIM ANDENI dispondrá de un cupo de 3 expedientes para tramitar en Andalucía. (Febrero 2013).
NOTA: Desde el día 1 de noviembre de 2009, las agencias de adopción extranjeras no aceptan para el programa Filipino a aquellas familias que presenten las siguientes condiciones médicas o psicológicas, ya que no serán aceptados por el ICAB de ahora en adelante:
Lista de condiciones médicas inaceptables:
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Diabetes Mellitus complicada y/o síndrome metabólico.
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Obesidad (Indice de Masa Corporal deberá ser inferior a 35).
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Cáncer.
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Trasplante de riñón y cualquier trasplante mayor (corazón, pulmón, hígado).
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Marcapasos/hemorragia cerebral/infarto miocardio.
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Esclerosis múltiple y otros trastornos degenerativos musculares.
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Trastornos de autoinmunidad.
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Factores de riesgo que puedan impedir el cuidado de un menor (por ejemplo ceguera, sordera, ligado a silla de ruedas).
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Hepatitis C.
Lista de condiciones psicológicas inaceptables:
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Trastornos psiquiátricos.
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Trastornos emocionales/transtornos depresivos mayores.
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Trastornos de ansiedad.
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Trastornos por uso de sustancias.
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Trastornos sexuales.
Desde el 1 de noviembre de 2009, los informes psicosociales que se envíen deben contener obligatoriamente, las siguientes pruebas psicológicas:
- MMPI-2-RF y MCMMI-III. En sustitución del MCMMI-III se puede utilizar el NEO-PI-R o el 16PF.
(Desde el 23 de Noviembre de 2011, estas pruebas no es necesario aplicarlas a los solicitantes que hayan adoptado previamente en Filipinas).
1. Requisitos Legales
1.1 Legislación de referencia
1.2 Adoptantes
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Edad
: Tener 27 años de edad y 16 años mayor que el adoptado o la adoptada.
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Cumplir, además los requisitos de la legislación española, ser mayor de 25 años y tener, al menos, una diferencia entre adoptante y menor de 14 años.
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La diferencia máxima entre la edad de los padres adoptivos y el menor o la menor es de 45 años. Generalmente este intervalo de edad se refiere al existente entre la madre y el menor o la menor.
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Estado civil:
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Pueden adoptar personas casadas:
Deben llevar 3 años de matrimonio. Si no llevan ese tiempo pero pueden demostrar una convivencia durante los 3 años anteriores, podrán presentar su expediente y será evaluada su admisión por el ICAB. Si previamente han estado divorciados, el matrimonio actual deberá ser de 5 años como mínimo.
La solicitud de adopción debe ser conjunta.
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A las personas solicitantes de adopción con hijas o hijos, la asignación del o la menor sólo puede tener lugar cuando hayan transcurrido 2 años desde el nacimiento de la última hija o hijo biológico o de la adopción del anterior.
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Estancia en el pais
: Aproximadamente 7 días.
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Otros:
El país desaprueba que las familias solicitantes de adopción en su país, presenten simultáneamente solicitudes de adopción en otros países.
1.3 Menores
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El ICAB considera menores de "necesidades especiales" a los menores con problemas de salud, a los de seis años en adelante, o a los grupos de 3 o más hermanos.
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El perfil habitual para adopción internacional responde a un menor de sexo masculino, con edad entre 4 y 8 años, con antecedentes familiares negativos (enfermedades mentales de los progenitores, drogadicción, etc).
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Ser menor de 15 años y que, según los requisitos del país, reúna los requisitos para la adopción internacional.
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Si tiene más de 10 años, deben consentir a la adopción.
2. Criterios Técnicos de Selección
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Se priorizan las solicitudes que demanden la adopción de menores con necesidades especiales (menores de 6 años en adelante).
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Se prioriza a las parejas, y dentro de estas, por el siguiente orden:
1. parejas formadas por ambos cónyuges de origen filipino.
2. parejas formadas por un cónyuge de origen filipino.
3. parejas filipinas que hayan adoptado un niño o una niña.
3. Tipos de Adopción
3.1 Formas de adopción
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El o la menor entra en España con una resolución de custodia durante 6 meses, de carácter administrativo. Pasado este período la Entidad Pública o los adoptantes promueven la adopción, previo consentimiento de la Junta de Adopción Internacional de Filipinas.
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El ICAB ha establecido un periodo máximo de dos años a partir de la asignación, dentro del cual debería constituirse la adopción. El incumplimiento de esta disposición será motivo de finalización de la acreditación de la ECAI que haya tramitado el expediente.
3.2 Efectos de la adopción
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Los previstos en la legislación española (adopción plena).
4. Procedimiento
4.1 Documentos del expediente
4.1.1 Por las personas interesadas
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Formulario de solicitud de adopción internacional Parte I y Parte II.(Modelo de formulario del país en poder de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social).
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Certificado de nacimiento.
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Formulario "TYPE OF CHILD ACCEPTABLE TO FAMILY" (características del niño o la niña asumibles por la familia) (Modelo de formulario del país en poder de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social).
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Certificado de matrimonio o sentencia firme de divorcio
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Consentimiento por escrito de las hijas y/o los hijos biológicos o adoptados con más de 10 años atestiguado por el Trabajador o la Trabajadora Social tras el apropiado asesoramiento. (Comparecencia ante el Trabajador o la Trabajadora Social de la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social correspondiente).
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Certificado médico que indique estado de salud física y psíquica.
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Formulario de evaluación médica (modelo formulario del país en poder de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social (no es necesaria su legalización). Este formulario deberá cumplimentarlo la persona que emita el certificado médico oficial.
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Certificado de propiedad o alojamiento
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Última declaración del IRPF o cualquier documento que muestre la capacidad financiera del solicitante.
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Certificado de penales
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Cartas de recomendación de la iglesia, la empresa y un miembro de su localidad, que tenga un conocimiento de al menos 5 años de la persona solicitante.
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2 Fotografías recientes tamaño postal de cada solicitante y, como mínimo, 2 fotos de su familia inmediata, entorno familiar y hogar.
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Certificado de los requisitos de entrada del o la menor.
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Cuestionario personal, su cumplimentación es opcional (Modelo del país en poder de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social) (no es necesaria su legalización).
4.1.2 Por la Entidad Pública
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Informe psicológico
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Informe social
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Certificado de idoneidad
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Compromiso de seguimiento
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Resguardo de tasa por presentación de expediente en el ICAB (Cuando se tramite por la Entidad Pública).
4.2 Organismo público competente
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INTER-COUNTRY ADOPTIONBOARD - ICAB ( Junta de Adopción Internacional)
2 Chicago Street corner Ermin García St.
Barangay Pinagkaisahan Cubao
QUEZON CITY
FILIPINAS
Tfno: 721-9781/82, 726-4568
Fax:727-2026
E-mail: icaba@skynet.net
Web: www.skynet/-icaba/
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Departament of Social Welfare and Devolopment
Batasan Pambansa Complex
Constitution Hills
QUEZON CITY
FILIPINAS
5. Tramitación
5.1 Tramitación en España
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Se tramitará todo el expediente completo a través de la Entidad Pública y ECAI.
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La documentación deberá estar traducida al inglés, legalizada y autenticada.
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Pago de tasas: Al presentar el expediente la familia deberá abonar 200$ USA, al aceptar la asignación deberán abonar 2000$ USA al ICAB.
Las tasas se abonarán por cheque o giro postal al:
Inter-Country Adoptión Board, 2
Chicago corner Ermin Garcia Sts.
Brgy.Pinagkaisahan
Cubao, Quezon City.
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Deben asegurarse que en el cheque o giro aparezcan los carácteres MICR (Magnetic Ink Character Recognition)
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Anualmente, el ICAB requiere el envío de un informe de la familia en el que se indique si se han producido o no cambios en sus circunstancias personales y familiares. El modelo se encuentra en poder de los Servicios de Protección de Menores de las Delegaciones Territoriales. Así mismo deben adjuntar fotos de la familia y su vivienda. Este documento no es necesario que se legalice.
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Propuesta de adopción de la Entidad Pública: Una vez transcurrido el periodo de seguimiento, la Entidad Pública española deberá solicitar al Departamento de Bienestar Social y Desarrollo de Filipinas al Acta de Aprobación de la Adopción. Una vez resuelto este trámite la Entidad Pública o los adoptantes presentarán propuesta de adopción al juzgado para que se constituya la adopción, enviando copia del auto correspondiente al ICAB.
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Preasignación: Una vez aceptada la asignación por la familia, la Dirección General deberá elaborar un documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art. 17.C del Convenio de la Haya.
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En el momento de la asignación, los padres y madres prepararán un álbum de fotos de ellos, casa y entorno para la preparación del niño o la niña para la adopción.
Dicho álbum será enviado por la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias, al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y éste a su vez al ICAB.
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Procedimiento de tramitación de la conformidad que debe expedir el Subdelegado del Gobierno del lugar de residencia de la familia, para que el Consulado de España pueda expedir el visado de reagrupación familiar:
Las personas solicitantes, asignado el o la menor, y con el VºBº de la Comunidad Autónoma, deben solicitar la conformidad al Subdelegado y remitir el documento a la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias para que a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sea enviado al ICAB, en español.
Actuaciones del ICAB :
1. El ICAB envía al Consulado de España la solicitud de visado con la documentación requerida.
2. El Consulado envía, por medios informáticos, la solicitud a Madrid, donde la aprobación tardará unos días.
3. Recibida en el Consulado la aprobación del visado, éste lo comunica al ICAB para que los padres y madres puedan viajar al país. De esta forma cuando la familia viaje al país ya está listo el visado del o la menor para que pueda entrar en España.
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Cualquier cambio que se produzca en la nacionalidad y residencia del niño o la niña deberán comunicarlo a la Embajada de Filipinas en España.
5.2 Tramitación en el país
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Las tasas por grupos de hermanos o hermanas no se contabilizan por menor sino por grupo ( 2 o más hermanos o hermanas) siendo 3000$ USA. Igualmente los Fondos de Apoyo de Atención a las niñas y niños que aumentaran a 1000$ USA se aplicarán por grupo de hermanas o hermanos no por menor.
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Antes de salir del país deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituído conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).
6. Embajadas/Consulados
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Embajada de Filipinas en Madrid
C/ Eresma, nº 2
28002 MADRID
Tfno.: 91-91 782 38 30
Fax: 91 411 66 06
E-mail: MADRIDPE@FILIIPINAS.e.telefonica.net
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Embajada de España en Manila
5th floor, A.C.T. Tower. 135, Sen.Gil J. Puyat Av.
1200 Makati, Metro Manila. Apartado de Correos: P.B.O. 1114
Makati, Central Post Office. 1251 Makati
Metro Manila.
Teléfono: 818 55 26 y 759 29 71
Fax: 810 28 85
E-mail: embespph@mail.mae.es
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Consulado de España en Manila
5th floor, A.C.T. Tower. 135, Sen. Gil J. Puyat Av.
1200 Makati, Metro Manila.
Apartado de Correos: P.O.B. 1114, Makati
Central Post Office. 1251 Makati,
Metro Manila.
Teléfono: 818 35 61, 818 35 81 y 759 29 70
Fax: 810 28 85
E-mail: conspmanila@mail.mae.es
7. Seguimiento
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Se realizarán 3 informes de seguimiento a contar desde la llegada del niño o la niña a España.
Periodicidad: Cada dos meses durante un total de 6 meses.
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Los informes deberán ir acompañados de fotografías del o la menor y adoptantes.
8. E.C.A.I.S. Acreditadas
8.1 En Andalucía:
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A.C.I.:(Acreditada por la Junta de Andalucía el 28/04/03 y por Filipinas el 04/09/03)
Debido a la moratoria del ICAB no se admiten nuevos expedientes, salvo los de necesidades especiales.
C/Trastamara, nº23, 1º B
41001 SEVILLA
Tfno. y Fax: 954 561 659
Móvil: 607 721 224
Web: www.aciadopcion.org
Email: aciandalucia@aciadopcion.org
Tarifa: 11.890€
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AAIM-ANDENI (Acreditada por la Junta de andalucía el 27/11/09 y por Filipinas el 02/11/03). Para el año 2013 la ECAI dispone de un cupo de 3 expedientes para tramitar en Andalucía. En el caso de menores con necesidades especiales no hay cupo.
Avda. Kansas City, 28 -Local 5-
41007 SEVILLA
Tfno: 954 643 694
Fax: 954 644 616
Email: ecai@andeni.es
Web: www.andeni.org
Tarifa: 6.465 € + 3.285$ USA por una adopción. En caso de un grupo de hermanos se incrementa en 1.500 $.
8.2 En otras Comunidades Autónomas:
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AAIM: Aragón, La Rioja.
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ACI: Aragón, Canarias, Extremadura, Galicia, Madrid, Navarra, Valencia.
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ASEFA: Murcia.
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GENUS: Cataluña.
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PUERIS MUNDI : Cataluña.
9. Situación en Andalucia de Expedientes Tramitados/Menores Adoptados
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Año 2007: Expedientes: 59, Adopciones: 0
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Año 2008: Expedientes: 49, Adopciones: 5
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Año 2009: Expedientes: 41 Adopciones: 8
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Año 2010: Expedientes: 19, Adopciones: 7
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Año 2011: Expedientes: 15, Adopciones:15
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Año 2012: Expedientes: 10, Adopciones: 10
10. Observaciones
Última modificación: 18/02/2013