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Prevención y apoyo a la familia: Introducción

La Dirección General de Infancia y Familias tiene como objetivo la promoción de los derechos de la infancia, su adecuada atención y el especial cuidado y protección de aquellos niños y niñas más desfavorecidos o en situación de dificultad social, siendo éste el elemento transversal común del trabajo diario, todo ello, desde una concepción global e integradora.

Las familias, con las nuevas formas de convivencia que han ido apareciendo durante los últimos años, se convierten en un pilar fundamental para la consecución de un mayor nivel de bienestar para la infancia, sin olvidar la protección que por parte de los poderes públicos les es debida.

Las intervenciones y recursos que se ponen a disposición de los menores y sus familias deben tender, por una parte, a optimizar la Red de Recursos Generales y Comunitarios y, por otra, a complementar mediante programas o recursos específicos dicha Red, al objeto de poder abordar en el propio medio, aquellas situaciones que por diversas circunstancias presenten mayores dificultades para la correcta integración y desarrollo del menor.

La Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, recoge los principios que rigen las actuaciones públicas o privadas en el ejercicio de las competencias en materia de promoción y protección de los derechos de los menores. De entre ellos, en relación con la atención al menor en su medio, destaca el siguiente:

"Los poderes públicos de Andalucía otorgarán la protección y asistencia necesarias a la familia para que pueda asumir plenamente sus responsabilidades como grupo y medio natural para el adecuado crecimiento y bienestar de los menores".

Teniendo en cuenta que en la citada Ley se entiende como protección el conjunto de actuaciones para la atención de las necesidades del menor tendentes a garantizar su desarrollo integral y a promover una vida familiar normalizada, las Administraciones Públicas andaluzas, en el ámbito de sus respectivas competencias y respetando la primacía del interés superior del menor, se regirán por una serie de criterios de actuación, de los cuales se pueden resaltar, para la prevención y el apoyo a la familia en su medio, los siguientes:

  • Se fomentarán las medidas preventivas a fin de evitar situaciones de desprotección y riesgo para los menores.
  • Se procurará la permanencia del menor en su propio entorno familiar.

En este sentido y en relación con las actuaciones de prevención, las Corporaciones Locales de Andalucía son competentes para el desarrollo de actuaciones de prevención, información y reinserción social en materia de menores, así como para la detección de menores en situación de desprotección y la intervención en los casos que requieran actuaciones en el propio medio. Igualmente, son competentes para apreciar, intervenir y aplicar las medidas oportunas en las situaciones de riesgo.

Todo ello con independencia de los oportunos mecanismos de cooperación que entre la Junta de Andalucía y las Corporaciones Locales se establezcan para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias.

Desde el área de prevención y Apoyo a las Familias se llevan a cabo una serie de medidas y actuaciones que van desde intervenciones más generalistas a otras dirigidas a situaciones que se han identificado como de alto riesgo, con el objetivo último de evitar la adopción de medidas protectoras.

Entre esas medidas y tal y como la Ley indica, podemos señalar las siguientes:

  • Promover planes integrales dirigidos a la promoción de la infancia y la prevención de situaciones de riesgo.
  • Fortalecer las medidas de apoyo técnico y económico dirigidas a las familias con menores a su cargo, con carácter preventivo y temporal.
  • Implantar programas específicos dirigidos a los grupos más vulnerables de familias y menores que viven, conyunturalmente, una situación de crisis.
  • Instaurar programas y recursos que, desde la perspectiva de la intervención y tratamiento, van destinados a situaciones que se han identificado de alto riesgo.