La Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en el artículo 48.2, establece la cuantía para el año 2013 del complemento a favor de los pensionistas no contributivos que residan en una vivienda alquilada. El Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, establece los requisitos y el procedimiento para la solicitud y tramitación del citado complemento.
CONCEPTO:
Es un complemento de pensión dirigido a aquellas personas pensionistas de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten carecer de vivienda en propiedad y tener como residencia habitual, una vivienda alquilada a propietarios que no tengan con él relación de parentesco hasta tercer grado.
REQUISITOS: Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reunan los siguientes requisitos:
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, sólo tendrá derecho a este complemento aquella que sea titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Se entenderá que la vivienda es el domicilio habitual cuando:
CUANTÍA: La cuantía anual para 2013 de este complemento asciende a 525 Euros.
SOLICITUD: Se formulará en el impreso oficial que regula este complemento.
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 31 de diciembre.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: La solicitud podrá presentarse en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía o en los Servicios Sociales Comunitarios del ayuntamiento donde resida la persona pensionista.
NORMATIVA REGULADORA: