La Empresa Pública, de acuerdo con las directrices marcadas por la Consejería de Salud, tendrá los siguientes objetivos:
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Prestar una asistencia sanitaria, personalizada y de calidad a la población adscrita.
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Garantizar al enfermo un proceso de diagnóstico correcto y rápido, la aplicación del tratamiento más eficiente, procurando la recuperación, así como la reincorporación del paciente a su medio, tan pronto como sea posible.
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Prestar servicios sanitarios especializados, asegurando al conjunto de la población incluida en su ámbito de actuación, la equidad en el acceso a los procesos preventivos, diagnósticos y terapéuticos.
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Atender a las necesidades integrales del paciente y mejorar su satisfacción acerca de la atención e información recibidas, trato personalizado e intimidad.
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Colaborar con los Distritos de Atención Primaria, fomentando el desarrollo de estrategias conjuntas, a fin de garantizar una asistencia integral a la población incluida en su ámbito.
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Colaborar con los dispositivos de emergencias sanitarias en la atención que deba prestarse con tal carácter a lapoblación incluida en su ámbito de actuación.
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Desarrollar los programas de formación y docencia que, en el ámbito del Sistema Sanitario Público, se incardinen en la actuación de la Empresa Pública.
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Desarrollar e impulsar los programas de investigación orientados a la promoción de la salud y prestación de la asistencia sanitaria, en el marco de las directrices generales establecidas por la Consejería de Salud.
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Conseguir la máxima eficiencia en la utilización de sus recursos, adoptando los instrumentos de gestión que la situación del Hospital demande.
Funciones:
En orden a la consecución de sus objetivos la Agencia Pública Empresarial, ejercerá las siguientes funciones:
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La organización, gestión y administración del Hospital Alto Guadalquivir, y de los Centros Periféricos que en su caso se determinen.
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La planificación, establecimiento, dirección y administración de los diferentes servicios e instalaciones del Hospital y de los Centros Periféricos que en su caso se determinen.
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La elaboración del Reglamento de Régimen Interior de la Empresa Pública, previa audiencia de los representantes sindicales, sometiéndolo a las Consejerías de Economía y Hacienda y Salud para su aprobación, así como velar por la observancia del mismo.
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La planificación, proyección, contratación y ejecución de las obras de mantenimiento, conservación y reparación.
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Elaborar la información sanitaria precisa, de acuerdo con los sistemas de información establecidos por la Consejería de Salud.
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Proponer a la Consejería de Salud la fijación, actualización y revisión de las cuantías de los ingresos de derecho público.
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Proponer a la Consejería de Salud la determinación, actualización y revisión de las cuantías de los ingresos de derecho privado, conforme a la legislación vigente.
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Y, en general, ejercer cuantas funciones sean necesarias en orden a facilitar la asistencia sanitaria y conseguir la rentabilidad y eficacia en la explotación del Hospital yy de los Centros Periféricos que, en su caso, se determinen.
Los Organos rectores de la Agencia Pública Empresarial son los siguientes:
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Consejo de Administración.
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Director Gerente.
La Entidad contará con la estructura administrativa necesaria para su funcionamiento.
El Consejo de Administración contará con una Comisión Consultiva como Organo asesor.