Subvenciones a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe. 2019

Datos básicos

  • Estado: plazo de solicitudes cerrado
  • Finalidad: Financiar las actuaciones necesarias para la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de municipios y entidades locales autónomas dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el periodo comprendido entre el 01/07/2018 a 30/06/2019, ambos inclusive,con el fin de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de servicios públicos locales, en beneficio de la comunidad vecinal.
  • Fecha límite: 12 de julio de 2019.
  • Beneficiarios: Municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Notificaciones a las Entidades Locales: Se efectuarán de manera telemática a través del programa Notific@
  • Plazo de presentación: Desde el  05/04/2019 al 12/07/2019, siempre que no se agote la disponibilidad presupuestaria existente en las correspondientes partidas, en cuyo caso se informará debidamente en este sitio web.

Normativa

Consulta la normativa relativa a bases reguladoras, convocatoria, resoluciones de concesión y nuevo crédito disponible:

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Convocatoria de ampliación de plazo.
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Documentación a presentar

Toda la documentación a presentar se hará de manera exclusivamente telemática

  • Anexo I, a cumplimentar para la solicitud, suscrito por el representante legal de la Entidad Local, rellenando el correspondiente formulario en la aplicación informática. No es necesario acompañar documentación alguna, siempre que se opte por presentarla posteriormente junto al Anexo II.
  • Anexo II, a cumplimentar y presentar en el trámite de audiencia tras la notificación de la propuesta provisional de resolución, suscrito por el representante legal de la Entidad Local, acompañando la documentación señalada el apartado 14 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras, salvo que dicha documentación se haya presentado previamente junto al Anexo I.
  • Se recuerda que la documentación técnica a presentar (planos y fotografías) debe reunir los requisitos exigidos en el Cuadro Resumen, pues su incumplimiento podría ser motivo de denegación de la subvención.
  • Justificación para actuaciones que tengan prevista su finalización con fecha posterior a la presentación del Anexo II: en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo establecido en la resolución de concesión para la ejecución de la actividad deberá presentarse toda la documentación justificativa prevista en el apartado 22.b).3º del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras.

En esta página web se dispondrá de los modelos de certificación a suscribir por la persona titular de la Intervención o Secretaría Intervención de la Entidad local beneficiaria, según el modo de ejecución de la actuación.

Deberá presentarse la documentación justificativa prevista en el apartado 25.e) del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras. En esta página web se dispondrá de los modelos de certificación a suscribir por la persona titular de la Secretaría o Secretaría Intervención de la Entidad local beneficiaria, según el modo de ejecución de la actuación.

  1. Para actuaciones que tengan prevista su finalización con fecha posterior a la presentación del Anexo II: en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de la ejecución de la actuación.
  2. Para actuaciones finalizadas antes de la presentación del Anexo II: el solicitante deberá remitir la documentación justificativa cuando le sea requerida por parte del órgano gestor.

Documentos Asociados

Enlaces Relacionados

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