Subvenciones a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2018

Normativa

Consulta la normativa relativa al estado de las subvenciones, sus bases reguladoras, la convocatoria y el extracto de la resolución:

  • Resolución de 3 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se hacen públicas las subvenciones concedidas a las Diputaciones Provinciales andaluzas, en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario.
  • Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
  • Resolución de 17 de mayo de 2018 de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
  • Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2018 (pdf)

Datos básicos

  • Finalidad: Subvenciones destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2018. 
  • Fecha límite: Hasta el 7 de junio de 2018.
  • Lugar de presentación: Vía telemática–Oficina virtual de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática.
  • Plazo de presentación: La presentación de solicitudes se hará de forma telemática desde el 24 de mayo al 7 de junio de 2018.
  • Órgano Emisor: Junta de Andalucía

Documentación a presentar

  • Anexo I. Solicitud (Debe ser cumplimentado y presentado telemáticamente en la Oficina Virtual).
  • Anexo complementario 1. (Debe ser cumplimentado y presentado telemáticamente en la Oficina Virtual).
  • Anexo complementario 2. Acreditación de la personalidad de la persona titular de la Diputación. (Debe ser cumplimentado y presentado telemáticamente en la Oficina Virtual).
  • Anexo complementario 3. En el caso de delegar. (Debe ser cumplimentado y presentado telemáticamente en la Oficina Virtual).
  • Certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
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