Notarios y notarias: funciones, servicios y normativa

El notario o notaria posee una doble cualidad: forma parte del funcionariado público y además es profesional del derecho, lo que garantiza su independencia. Ostenta este cargo por haber superado una oposición de carácter nacional y está autorizado para ejercer la fe pública.

La fe pública notarial, que ejercen los notarios y notarias, tiene un doble contenido: en la esfera de los hechos, afecta a la exactitud de lo que ve, oye o percibe por sus sentidos; y en la esfera del derecho, garantiza la autenticidad y fuerza probatoria a las declaraciones de voluntad de las partes en el instrumento público redactado conforme a las leyes.

Para que un notario o notaria actúe, en la generalidad de los casos es necesaria la solicitud de una persona interesada. Los notarios y notarias se organizan en colegios notariales: en España existen 17 (que coinciden con las comunidades autónomas) y velan por la deontología y eficiencia en la prestación del servicio público notarial. Al Ilustre Colegio Notarial de Andalucía  pertenecen, además de las ocho provincias andaluzas, las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Puedes consultar más información sobre el notariado en los siguientes enlaces:

Normativa relativa al notariado