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Educación y Deporte facilita la conciliación de los estudios y la práctica deportiva de rendimiento

Adaptación de fechas de exámenes, cambios de horarios y grupos o justificación de faltas de asistencia si coinciden con actividades deportivas oficiales, entre las posibles opciones

El consejero de Educación y Deporte, Javier Imbroda, ha presentado un informe al Consejo de Gobierno sobre las medidas de apoyo y conciliación de estudios con la práctica deportiva de rendimiento. La Consejería ha enviado una circular a los centros docentes que impartan enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato en la que se recogen recomendaciones como la adaptación de fechas de exámenes, cambios de horarios o grupos y justificación de faltas de asistencia, entre otros, para facilitar al alumnado la conciliación entre la práctica de deporte de alto rendimiento y la formación académica.

La inspección educativa, dentro del marco de sus competencias, podrá realizar las acciones necesarias para el asesoramiento a los centros docentes de Educación Secundaria en relación con la organización y aplicación de estas medidas, amparadas por la Ley del Deporte de Andalucía y el Decreto 6/2008, por el que se regula el deporte en edad escolar de Andalucía.

En concreto, las ausencias por participar en competiciones oficiales de rango nacional o internacional, entrenamientos y concentraciones con equipos nacionales o actividades desarrolladas dentro de los planes nacionales de tecnificación deportiva, serán registradas como faltas justificadas. Para ello, será imprescindible acreditar la participación del estudiante con un documento expedido por la federación deportiva española o andaluza y adjuntar el calendario oficial de pruebas o competiciones. Estas faltas de asistencia no afectarán en ningún caso al proceso de evaluación del alumno o alumna.

También, los centros docentes podrán facilitar a este alumnado la adaptación de fechas de exámenes, pruebas y otras actividades relacionadas con el proceso de evaluación continua o final, cuando éstos coincidan con actividades deportivas oficiales debidamente acreditadas. Asimismo, los institutos evitarán la realización de las pruebas pendientes en las horas siguientes al regreso de los alumnos al centro educativo. Además, se tendrá en cuenta a este alumnado a la hora de organizar grupos y podrán recibir tutorías académicas y asesoramiento psicopedagógico que proporcionen la compatibilidad de estudios y deporte.

Igualmente, los centros educativos adoptarán las medidas necesarias en relación con las solicitudes de cambios de horarios o grupos siempre que coincidan con sus actividades deportivas. En el caso de que estos estudiantes necesitasen apoyo educativo, se tendrá en cuenta su condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento para que puedan compaginar sus estudios con los apoyos y la práctica deportiva.

Los centros podrán adoptar estas medidas de apoyo, que para su aplicación tienen que estar incluidas en los proyectos educativos. Se podrán beneficiar de esta iniciativa de la Consejería de Educación y Deporte los deportistas de alto nivel o alto rendimiento, deportistas que participan en programas de tecnificación deportiva o en competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, como integrantes de la selección española o de las selecciones autonómicas andaluzas.

Por otra parte, la exención de la materia de Educación Física puede ser solicitada por el alumnado que curse Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y acrediten ser deportista de alto nivel o de alto rendimiento. El alumnado exento no será evaluado y, por lo tanto, no será computada esta asignatura para el cálculo de la nota media de la ESO o Bachillerato.