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Consejo de Gobierno

La Junta incentiva la contratación de personal sanitario en puestos de difícil cobertura

El decreto ley incluye medidas de impulso telemáticas en materia de personal y ayudas al tejido deportivo ante las pérdidas del Covid-19

La Junta de Andalucía va a incentivar la contratación de profesionales sanitarios en los puestos de difícil cobertura y a modificar parte del régimen aplicable al personal emérito del Servicio Andaluz de Salud (SAS), según se recoge en el decreto ley aprobado el Consejo de Gobierno por el que se establecen medidas de carácter extraordinario y urgentes ante la situación generada por el Covid-19.

Se consideran puestos de difícil cobertura aquellos en los que el número de solicitudes existentes en la bolsa temporal de empleo de una especialidad, ponderada respecto al número de profesionales efectivos en plantilla, alcanza un coeficiente insuficiente para su cobertura. Asimismo, tendrán dicha consideración aquellas plazas que no haya sido posible cubrir a través de los procedimientos ordinarios. Igualmente, se consideran zonas de difícil cobertura las áreas básicas de salud donde del número de solicitudes inscritas en la bolsa temporal de empleo, ponderadas respecto al número de profesionales efectivos en plantilla, presente un escenario de coberturas insuficiente.

Entre las medidas para incentivar la cobertura de este tipo de puestos están actualizar las plantillas presupuestarias de los centros con criterios asistenciales, analizando y adaptando las mismas a las necesidades de profesionales en función de los problemas de salud, actuales y futuros, de la población, y reforzar la coordinación entre las direcciones generales competentes.

Otras actuaciones pasan por baremar con mayor puntuación el tiempo trabajado en puestos o centros ubicados en zonas de difícil cobertura, con efectos en las bolsas y en las ofertas de empleo público o la permanencia en concursos de traslado; eliminar la puntuación máxima a otorgar por los años trabajados en centros y puestos de difícil cobertura en las convocatorias específicas de los procesos de movilidad de las ofertas de empleo público y de las bolsas de empleo temporal; favorecer la oferta de interinidades al personal inscrito en estas bolsas, o establecer sistemas que favorezcan la rotación voluntaria de los profesionales.

Carrera profesional

En el ámbito retributivo, por su parte, se establecerá un factor de corrección independiente en la evaluación del contrato programa anual en las zonas, categorías y, en su caso, especialidades de difícil cobertura. Por otro lado, en el ámbito de la carrera profesional, el personal estatutario que cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para acceder a la carrera y haya desarrollado su actividad asistencial en puestos de difícil cobertura al menos durante tres años ininterrumpidos, podrá incorporarse directamente al Nivel II de carrera profesional. Quien lo haya desarrollado al menos durante seis años ininterrumpidos, podrá incorporarse al Nivel III de carrera profesional.

Asimismo, en el citado decreto se recoge una modificación en la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de salud pública de Andalucía. Concretamente, en los artículos 62, relativo a la vigilancia continua del estado de salud, y 66, sobre el sistema de alertas y crisis en salud pública.

Con esta nueva redacción, y ante la probable concurrencia en octubre de dos patógenos víricos como la gripe y el Covid-19, se quiere garantizar la implicación de la totalidad del sistema sanitario en la vigilancia continua del estado de salud y, de forma específica, de la atención primaria, definiendo la organización del sistema de vigilancia en salud en todos sus niveles. Este órgano, que dispondrá de redes de vigilancia centinela en salud pública, requerirá de la participación de todos los centros y profesionales sanitarios, tanto públicos como privados, con independencia de su finalidad.

Por otro lado, se considera imprescindible un comité de vigilancia en salud en la planificación del control, la adaptación de protocolos y recomendaciones, y el soporte a la toma de decisiones. Entre sus funciones, asesorará en la planificación de la vigilancia en Andalucía y asesorará al comité de alertas de salud pública de alto impacto, cuando sea requerido.

En cuanto a la modificación del artículo 66, el sistema integral de alerta en salud pública asegurará la intervención rápida y eficaz ante los brotes, creando una red de profesionales dedicados específicamente a la detección y respuesta en alertas de salud pública. Para ello, se creará el consejo de alertas de salud pública de alto impacto, como órgano de participación administrativa que se activará en aquellas situaciones que determine la persona titular de la Consejería con competencias en materia de salud.

Además, otros objetos del decreto ley son crear las unidades de gestión de la salud pública, que serán las responsables de las actuaciones de prevención, promoción, protección y vigilancia de la salud pública que se desarrollen en atención primaria y estarán cohesionadas con el área hospitalaria mediante su conexión con los servicios de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Medidas de impulso telemáticas en materia de personal

Este decreto incluye también por parte de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas de trabajo.

Así, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, quienes aspiren a ingresar o acceder a los cuerpos, especialidades u opciones de personal funcionario o categorías profesionales de personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos en los términos que establezca la convocatoria y, en todo caso, en los trámites de presentación de solicitudes, alegaciones y aportación de documentación.

De igual modo, la presentación de las solicitudes de participación en los concursos de méritos de personal funcionario o de traslados del personal laboral, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes en aquéllos, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos.

Asimismo, la participación en las bolsas de trabajo tanto de personal funcionario como de personal laboral, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas incluidas en aquéllas, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos y en los términos que se establezcan en las resoluciones o convocatorias que las regulen.

La obligación de relacionarse electrónicamente con la administración de las personas que no tengan la condición de empleado público en los procedimientos previstos en este artículo se podrá exceptuar, atendiendo a lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las correspondientes ofertas de empleo público, resoluciones o convocatorias.

Alrededor de 17 millones para los operadores de autobús

Por su parte, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio adelantará unas partidas extraordinarias a los concesionarios de transporte por carretera por las pérdidas originadas durante el estado de alarma. El decreto ley de medidas extraordinarias recoge el abono de estas cantidades para tratar de contrarrestar el impacto por la crisis sanitaria del Covid-19 en este servicio de transporte.

La primera cuantía, que se estima en alrededor 17 millones de euros, atiende al desequilibrio económico de estos operadores durante los meses de marzo, abril y mayo, con caídas de la demanda de hasta el 95 por ciento y se realiza mientras se espera que se concreten las ayudas anunciadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para el sector del transporte y ante la urgencia existente por el precario estado de las cuentas de los concesionarios, algunos de los cuales se han planteado abandonar la prestación del servicio debido a su delicada situación económica. Además, el decreto ley recoge un segundo tramo de compensación desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre de 2020.

El Gobierno andaluz ha reconocido que el servicio del transporte público por carretera es uno de los más afectados por la crisis sanitaria del Covid-19, ya que, durante más de tres meses, debido al confinamiento, se restringieron los desplazamientos solo a servicios esenciales.

Las limitaciones de movilidad que se decretaron por el mando único durante el estado de alarma supusieron un brusco y generalizado descenso de viajeros, llegando en muchos servicios de hasta el 95 por ciento. Actualmente, todavía no se ha recuperado la demanda previa a los meses de confinamiento. Pese a ellos, los concesionarios de transporte siempre han ofrecido una oferta por encima de la demanda.

Las condiciones en las que se venían prestando los servicios han conllevado un incremento extraordinario del déficit de explotación que justifica el establecimiento de una compensación económica extraordinaria de los contratos de concesión de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera.

El Real decreto ley 22/2020, de 16 de junio, autorizó del Fondo Covid-19 un crédito extraordinario a las comunidades autónomas de 272 millones de euros para los servicios regulares permanentes de uso general de viajeros interurbanos por carretera, dentro de su ámbito competencial. No obstante, en ese mismo Real decreto ley recuerda que ese reparto territorial se realizará tras la publicación de la correspondiente Orden ministerial en diciembre de 2020.

La situación del sector, con numerosas pérdidas acumuladas, podría dar lugar al abandono por parte de muchos concesionarios de este servicio básico. Por ello, dada la previsión de déficit estimada, se considera de imperiosa necesidad acordar el pago de los meses de estado de alarma, para lo cual es necesario realizar una modificación presupuestaria de transferencia de crédito procedente del Fondo de emergencia social y económica por un importe estimado de unos 17 millones, para dotar de liquidez a los concesionarios para garantizar el mantenimiento del servicio.

La compensación económica se cuantificará a través de un cálculo entre los ingresos teóricos y los ingresos reales, donde se tendrá en cuenta no sólo los costes fijos y kilómetros recorridos, sino también los costes de limpieza y desinfección.

En Andalucía existen 122 contratos de concesión, con 80 operadores de transporte que ofrecen más de mil rutas con unos 1.500 autobuses, y 7.000 puntos de subida/bajada de viajeros (estaciones, apeaderos y marquesinas). Con este sistema concesional se ofrece un servicio de transporte público regular de viajeros por carretera a los 8,6 millones de andaluces, movilizando unos 70 millones de viajeros al año, sin que esto suponga coste alguno para la Administración.

3 millones de euros para el tejido deportivo andaluz

Por su parte, la Consejería de Educación y Deporte convoca una línea de subvención dotada de tres millones de euros dirigida a las empresas que colaboren a través del patrocinio en el sostenimiento del tejido deportivo andaluz, tras la pérdida de ingresos y los mayores gastos que los más de 12.000 clubes andaluces han tenido que afrontar a raíz de la crisis de la Covid-19.

El patrocinio deportivo es una de las herramientas más rentables para cualquier empresa, ya que genera notoriedad, diferenciación de la competencia, fidelización de clientes, y un retorno social muy favorable.

El tejido deportivo de Andalucía depende en gran medida del patrocinio, que ha visto paralizada su actividad con la suspensión o aplazamiento de eventos deportivos y la organización de eventos a puerta cerrada, lo que podría derivar en una grave situación de insolvencia. El apoyo de las empresas se ha visto además mermado por la disminución de la capacidad de inversión del tejido empresarial.

Andalucía es la primera comunidad autónoma en número de licencias de clubes y la segunda en número de licencias deportivas, un total de 500.000.