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Consumo. Sistema Arbitral. Trámites electrónicos

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A través de esta página las personas consumidoras y usuarias podrán presentar una solicitud de arbitraje con los mismos efectos que si la presentaran en el tradicional formato papel. Por su parte, las empresas o profesionales podrán adherirse al Sistema Arbitral de Consumo o renunciar al mismo. Todos estos trámites requieren certificado digital. Especificaciones sobre el navegador y la máquina virtual que debe utilizarse para firmar digitalmente en el Sistema Electrónica de Arbitraje:

  • Navegador web: Internet Explorer 6 ó 7.
  • Máquina virtual Java: jre 1.5.0.22.

CONSUMIDOR. PRESENTAR SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

El arbitraje de consumo es un mecanismo de resolución de conflictos voluntario, gratuito, vinculante y ejecutivo. Además de la manera tradicional de presentar una solicitud de arbitraje (en papel y a través de un registro público) la Consejería de Salud pone a disposición de los ciudadanos y ciudadanas la posibilidad de formularla telemáticamente. No olvide rellenar todos los campos con sus datos personales, exponga los hechos que motivan la controversia y concrete lo que pide. Si tiene en su poder las facturas, el contrato o cualquier otro documento que apoye su pretensión adjúntelos escaneados. Una vez que la solicitud de arbitraje sea recibida en la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía será examinada y usted recibirá una notificación del trámite que se le haya dado.

EMPRESAS. PRESENTAR SOLICITUD DE COMPROMISO DE ADHESIÓN AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.

Adhiérase al Sistema Arbitral de Consumo, podrá exhibir el distintivo oficial, debidamente registrado por la Administración, que indicará a sus clientes que les ofrece una garantía añadida a los servicios que les presta habitualmente, dando una imagen de seriedad, credibilidad y profesionalidad. El Arbitraje de Consumo es gratuito y ahorra a la empresa los cuantiosos gastos que originaría un proceso judicial, que de esta manera queda excluido. El compromiso de la empresa con la sociedad también se manifiesta en su voluntad para ofrecer a los clientes servicios de calidad y vías de solución de controversias.

La Consejería de Salud le ofrece la posibilidad de presentar telemáticamente su solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo. Recuerde rellenar todos los campos de datos personales y optar por un arbitraje en derecho (aplicando el ordenamiento jurídico) o en equidad (según el leal saber y entender del órgano arbitral, es la opción por defecto). Precise igualmente si acepta que se intente una mediación previa (recomendado) y el tiémpo por el que pretende adherirse (mínimo un año e indefinido por defecto).

Una vez recibida su solicitud a la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía será analizada y se le notificará la resolución de la misma. Recuerde que las limitaciones que formule en su adhesión (límites de cuantía, de materias, etc) requerirán el informe favorable de la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo lo que retrasará la resolución de su solicitud.

EMPRESAS. PRESENTAR SOLICITUD DE RENUNCIA AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.

Puede presentar telemáticamente su solicitud de renuncia al Sistema Arbitral de Consumo. Para ello es muy importante que rellene todos los campos del formulario, especialmente el número de distintivo. Recuerde que su renuncia no tendrá efectos hasta que no transcurran 30 días naturales desde que presente su solicitud (artículo 29 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero).

Última revisión:  16/12/2011

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