Es la diligencia mediante la que se autoriza para un paciente concreto el que determinados medicamentos y productos sanitarios puedan ser dispensados con cargo al Servicio Andaluz de Salud.
Requieren visado aquellas recetas en las que se prescriban medicamentos o productos incluidos en algunos de los grupos que se relacionan en el Anexo adjunto.
Dependiendo del tipo de producto que se trate la primera prescripción deberá realizarla un médico especialista o podrá efectuarla el médico general.
En todo caso, la indicación para la que el médico prescribe un medicamento o producto sanitario deberá corresponderse obligatoriamente con una de las indicaciones autorizadas por el órgano competente.
ANEXO
Relación de grupos de medicamentos o productos sanitarios que requieren visado previo a su dispensación
- Medicamentos de Diagnóstico Hospitalario.
- Vacuna antihepatitis A.
- Vacuna antihepatitis B.
- Vacuna combinada antihepatitis A y Antihepatitis B.
- Vacuna antimeningococica A-C.
- Vacuna difteria, tétanos y tos ferina acelular.
- Vacuna difteria, tétanos, tos ferina acelular y hepatitis B
- Vacuna difteria, tétanos, tos ferina acelular, haemophilus influenzae B y polio.
- Vacunas antineumocócica conjugada.
- Vacunas antigripales.
- Medicamentos de especial control médico.
- Fórmulas magistrales de oxandrolona.
- Fórmulas magistrales con principios activos fotoprotectores.
- Extractos hiposensibilizantes individualizados y vacunas bacterianas.
- Absorbentes de incontinencia urinaria.
- Medias elásticas terapéuticas de compresión normal.
- Tiras reactivas para el control de la diabetes.
- Envases de 100 unidades de sondas vesicales para un solo uso.
- Otros medicamentos sometidos a visado.
- Fórmulas magistrales de Podophyllum Peliatum, Resina.
- Fórmulas magistrales de ciclosporina.
Fecha de la última actualización: 26-03-2010