
Servicios de atención primaria [volver]
La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía establece que la Atención Primaria de Salud es el primer nivel de acceso ordinario de la población al Sistema Sanitario Público de Andalucía y se caracteriza por prestar atención integral a la salud. Comprende la asistencia preventiva, curativa y rehabilitadora así como la promoción de la salud, la educación sanitaria y la vigilancia sanitaria del medio ambiente.
Los servicios de atención primaria de salud están organizados en Andalucía en distritos de atención primaria que integran demarcaciones territoriales denominadas zonas básicas de salud. En cada zona básica de salud se ubican centros de atención primaria, en donde se presta la asistencia sanitaria de atención primaria a la ciudadanía. En los casos de las Áreas de Gestión Sanitaria la organización de la atención primaria quedará definida en la norma de creación del Área, sin menoscabo de que las zonas básicas de salud y los centros de atención primaria se organicen de acuerdo al Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula la estructura organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en Andalucía.
Los distritos de atención primaria constituyen las estructuras organizativas para la planificación operativa, dirección, gestión y administración en el ámbito de la atención primaria, con funciones de organización de las actividades de asistencia sanitaria, promoción de la salud, prevención de la enfermedad, cuidados para la recuperación de la salud, gestión de los riesgos ambientales y alimentarios para la salud, así como la formación la docencia e investigación.
La zona básica de salud es el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud, de acceso directo de la población, en la que se proporciona una asistencia sanitaria básica e integral. Están constituidas por los municipios que determina el Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía.
Normativa [volver]
(503 KB)Recursos de atención primaria (1 de enero de 2012) [volver]
| Estructura Organizativa | |
|---|---|
| Distritos de atención primaria | 24 |
| Áreas de gestión sanitaria | 9 |
| Centros | |
| Centros de Salud | 406 |
| Consultorios locales | 696 |
| Consultorios auxiliares | 415 |
| Total Centros | 1.517 |
| Dispositivos de Apoyo | |
| Unidades radiológicas | 147 |
| Salas de rehabilitación/fisioterapia | 202 |
| Unidades móviles de fisioterapia | 18 |
| Salas de fisioterapia | 202 |
| Gabinetes odontológicos | 227 |
| Unidades de ecografía | 172 |
| Unidades de retinografía | 128 |
| Unidad de exploración mamográfica | Todos los distritos |
| Dispositivos de cuidados críticos y urgencias | |
| Unidades de cuidados críticos y urgencias | 366 |
| Unidades móviles de cuidados críticos y urgencias | 133 |
| Total Dispositivos de cuidados críticos y urgencias | 499 |
Cartera de Servicios [volver]
La Cartera de Servicios de Atención Primaria recoge el conjunto de actividades científico-técnicas y administrativas que se realizan en el primer nivel de atención, estableciendo y unificando criterios de puesta en práctica, para que se consiga una producción enmarcada en los objetivos del Servicio Andaluz de Salud. Estos objetivos están recogidos de forma expresa en el Plan Andaluz de Salud, Contrato Programa entre la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud, Plan Estratégico, Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía y Contrato Programa de los Distritos de Atención Primaria.