
Versión imprimible de la Resolución de 21 de junio de 2010 (178,61 KB)
La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud (B.O.E. núm. 301, de 17 de diciembre), dispone en el artículo 33.1 que "La selección de personal estatutario temporal se efectuará a través de los procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y que serán establecidos previa negociación en las mesas correspondientes".
En el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad de Andalucía, y en cumplimiento de lo establecido en el punto 2.C) del Acuerdo de Mesa Sectorial 21 de noviembre de 2002 sobre políticas de personal y en el artículo 33, párrafo primero de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre; la Administración Sanitaria de Andalucía – SAS y las Organizaciones Sindicales CEMSATSE, CC.OO., UGT y CSI-CSIF suscribieron con fecha 20 de mayo de 2005, tras un proceso negociador, un Pacto sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud.
Desde la puesta en marcha del sistema de Bolsa Única el citado Pacto ha requerido diversas modificaciones para adaptar el baremo de méritos a las necesidades actuales, realizar determinadas correcciones y la revisión de alguno de sus apartados para mejorar la operatividad y la eficacia.
La presente Resolución tiene por objeto unificar las disposiciones vigentes sobre el sistema de selección de personal temporal en un texto único, con objeto de facilitar su conocimiento y aplicación dada la dispersión normativa que existe sobre esta materia.
Por otra parte, la complejidad técnica en el tratamiento de la información, debido fundamentalmente al número masivo de participantes en las diferentes categorías, y la conveniencia de que la contratación a través del sistema de Bolsa Única pueda realizarse con datos renovados y actuales, hace aconsejable simplificar y reconducir algunos aspectos del procedimiento de selección temporal para garantizar la máxima agilidad en la gestión y en la selección.
La negociación del Pacto sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud se realizó de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 9/1987, en la redacción dada por la Ley 7/1990, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos; y en los artículos 80 .1 y 2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal Estatutario de los Servicios de Salud.
Por todo ello, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en virtud de las funciones que tiene asignadas en el Decreto 171/2009, de 19 de mayo (BOJA número 95, de 20 de mayo) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la referida Ley 9/1987 (modificada por la Ley 21/2006 de 20 de junio),
RESUELVE
Primero: Aprobar y dar publicidad al texto refundido del Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad de Andalucía suscrito entre la Administración Sanitaria de Andalucía – Servicio Andaluz de Salud y las Organizaciones Sindicales (SATSE, CC.OO., UGT, CSI-CSIF, SMA y USAE), el día 18 de mayo de 2010, sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud que se incluye como Anexo a la presente Resolución.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de junio de 2010
EL DIRECTOR GRAL. DE PERSONAL Y
DESARROLLO PROFESIONAL.
Fdo.: Antonio J. Valverde Asencio.
ANEXO
De conformidad con lo establecido en los artículos 30 y siguientes de la Ley 9/1987, en la redacción dada por la Ley 7/1990, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos (modificada por la Ley 21/2006, de 20 de junio) y con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; y en los artículos 80.1 y 2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, reunidos en Sevilla el 18 de mayo de 2010, los representantes de la Administración Sanitaria de Andalucía – SAS y de las Organizaciones Sindicales de la Mesa Sectorial de Sanidad de Andalucía SATSE, CC.OO., UGT, CSI-CSIF, SMA y USAE, acuerdan suscribir el siguiente texto refundido del Pacto de 20 de mayo de 2005 cuyo contenido íntegro se acompaña a continuación.
TEXTO REFUNDIDO DEL PACTO DE 20 DE MAYO DE 2005 DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD SOBRE SISTEMA DE SELECCIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO TEMPORAL PARA PUESTOS BÁSICOS EN EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD.
POR LA ADMINISTRACION SANITARIA. EL SUBDIRECTOR DE PERSONAL POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES: SATSE, CC.OO., UGT, CSI-CSIF, SMA Y USAE.
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