Subvenciones a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.

Información general

Título formal:

Subvenciones a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.

Código:
8570
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
  • Ciudadanía
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
29/06/2016

Descripción

Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actuaciones dirigidas a la juventud andaluza, por Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, en alguno de los siguientes ámbitos:

1. Emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación.
2. Voluntariado juvenil y participación.
3. Igualdad, diversidad-LGTBI, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y prevención de la violencia de género.
4. Cultura, creatividad, arte y talento juvenil.
5. Vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.

Conceptos subvencionables: Gastos de Personal, gastos de funcionamiento y gastos de naturaleza corriente, para la prestación de servicios necesarios o para la adquisición de bienes corrientes, para la realización de actividades dirigidas a personas jóvenes, que tengan edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambas inclusive, salvo en el ámbito del emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación, en cuyo caso la edad límite será de 35 años.

Los gastos deberán ser promovidos por las personas o entidades que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 4 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras aprobadas por la Orden de 25 de junio de 2021 (ver apartado normativa), siempre que tengan relación con el fomento, promoción y desarrollo de actividades y la formación de la juventud andaluza, en alguno de ámbitos enumerados anteriormente.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Los grupos de corresponsales juveniles deben:

  • Tener carácter voluntario y sin ánimo de lucro.
  • Estar formado, al menos, por cuatro jóvenes mayores de 14 y menores de 30 años.
  • El representante del grupo debe ser mayor de edad.
  • Que los componentes del grupo se encuentren acreditados como corresponsales por la Dirección Provincial del I.A.J. que corresponda.
  • Que el proyecto subvencionable se encuentre avalado por el Centro de Información Juvenil con el que colaboren.

Las secciones juveniles de otras entidades deben:

  • Las entidades de las que dependan deberán estar legalmente constituidas y registradas.
  • Las secciones juveniles deberán estar inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil.

Las Asociaciones Juveniles y las Federaciones constituidas por estas deberán

  • Estar debidamente constituidas y registradas.
  • Estar inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil.

Aptdo. 4 del Cuadro Resumen de la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 25 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.

Documentación

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

1.- En el supuesto de Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles y Secciones Juveniles de otras Entidades, se adjuntará:
a)Certificación expedida por la persona titular de la Secretaria de la Entidad, con el visto bueno de la persona que ostente la Presidencia, del cargo que ostenta la persona física que suscribe la solicitud de subvención.
b) En el caso de Entidades que tengan constituidas Secciones Juveniles se aportará, además, certificado de la persona titular de la Secretaria de la Sección Juvenil, con el visto bueno de la persona que ostente la Presidencia de la misma, acreditativo de:
1) número de miembros de la misma, desagregados por sexo y edades, sede social y delegaciones, si las hubiera.
2) Cargos vigentes de la Junta Directiva de la Sección, con datos desagregados por sexo y edades.
c) Copia del D.N.I. de la persona que suscribe la solicitud en el caso de haber ejercido el derecho a oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
d) Copia del N.I.F. de la Entidad.
e) Copia de los Estatutos de la Entidad.
f) Documentación acreditativa de estar legalmente registrada.
g) Acreditación de la inscripción de la entidad en el censo de entidades de participación juvenil del Instituto Andaluz de la Juventud con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de esta línea de subvenciones.
h) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
i) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración responsable, suscrita por la persona representante de la entidad, comprometiéndose a tener en su disposición, antes del inicio de la actividad, certificación emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de todas las personas contratadas, voluntarias o colaboradoras cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual con menores, de no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
2.- Los Grupos de Corresponsales Juveniles deberán presentar:
a) Relación de personas miembros que componen el grupo y obligaciones que cada uno contrae respecto del proyecto objeto de la subvención, y el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, así como indicación de sus edades, y de la persona que representa al grupo, suscrita por todos ellos, conforme al modelo que se publicará con la convocatoria de esta línea de subvenciones.
b) Copia de los D.N.I. de cada uno de las personas miembros del grupo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos de identidad.
c) Certificación de la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud que corresponda, acreditando a las personas miembros del grupo como corresponsales juveniles y fecha de acreditación, anterior a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria de esta línea de subvenciones.
d) Certificación del Centro de Información Juvenil que corresponda, en la que se avale el proyecto para el que se solicita la subvención.
e) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el anexo II deberá presentarse un nuevo presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado al importe objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
f) En el supuesto de que en el proyecto subvencionado puedan participar menores de edad, declaración responsable, suscrita por la persona representante del grupo de corresponsales juveniles, comprometiéndose a tener en su disposición, antes del inicio de la actividad, certificación emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de todas las personas contratadas, voluntarias o colaboradoras cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual con menores, de no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
3.- De conformidad con lo previsto en el artículo 84.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, con respecto a las letras d), e), f) y g) del punto 1, no se requerirá la presentación de aquellos documentos, que resultando necesarios a los efectos de acreditación de datos o requisitos exigidos, ya obren en poder del Instituto Andaluz de la Juventud, siempre que se indiquen el día y el procedimiento en el que los presentó. Con respecto a la documentación de las letras a) y b) del punto 1, el Instituto Andaluz de la Juventud facilitará un formulario-modelo que se publicará en la web Patio Joven, www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

 

Apartado 15 del Cuadro Resumen de la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 25 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud (BOJA nº. 124, de 30/06/2021).

Plazo de Inicio

  • 22/06/2023 - 05/07/2023 (El plazo de presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria. Para el año 2023 es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la publicación del Extracto de la Resolución de convocatoria (BOJA nº 117, de 21/06/2023))

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Almería (Cód.: A01034555).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Cádiz (Cód.: A01034556).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Córdoba (Cód.: A01034557).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Granada (Cód.: A01034558).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Huelva (Cód.: A01034559).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Jaén (Cód.: A01034560).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Málaga (Cód.: A01034561).
  • Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud en Sevilla (Cód.: A01034562).
En la resolucion
  • Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553), Presidencia del Instituto Andaluz de la Juventud..
En la materia
  • Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: 

https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166361.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 22/06/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 20/11/2023 Resolución de 17/11/2023, de la Dirección General del IAJ, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de Comprobación Material de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2023.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 17/01/2024
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