Asignación del Número de Acreditación Profesional al personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local y al personal vigilante municipal

Información general

Título formal:

Asignación del Número de Acreditación Profesional al personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local y al personal vigilante municipal

Código:
2052
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Administraciones
Fecha de creación:
13/03/2009

Descripción

Todo el personal perteneciente a los Cuerpos de la Policía Local, para su identificación personal, estará provisto de un documento de acreditación profesional expedido por la alcaldía, según modelo oficial, en el que constará, entre otros datos, el número de identificación profesional. El ciado número será asignado por la Consejería con competencias en materia de policías locales. El personal vigilante municipal, en el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de los Cuerpos de la Policía Local, deberá identificarse mediante un documento de acreditación de su condición de vigilante municipal, en el que constará, entre otros datos, el número de identificación como agente. El proceso para la asignación del número de acreditación profesional es: 1º) Inmediatamente a la toma de posesión, se procederá a la inscripción telemática en la aplicación del Registro de Policías Locales y de Vigilantes Municipales (REGPOL) por parte del Ayuntamiento correspondiente del personal con nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local o como Vigilante Municipal. 2º) Tras la inscripción en el REGPOL, se procederá simultáneamente a la solicitud municipal por tramitación telemática a través de la aplicación REGPOL de la asignación del número de acreditación profesional del personal citado. La solicitud será suscrita por la persona titular de la Alcaldía o de la Concejalía con competencias delegadas en materia de Policía Local. En la solicitud se certificará por la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento las personas que componen la plantilla del Cuerpo de Policía Local o Vigilantes Municipales al día de la solicitud que figuran inscritas en REGPOL. 3º) Recibida la solicitud de asignación de número, la Consejería con competencias en materia de policías locales procederá a través de la aplicación REGPOL a la asignación correspondiente, que comunicará de manera inmediata al Ayuntamiento solicitante.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Documentación

Certificación de la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de las personas que componen la plantilla del Cuerpo de Policía Local o Vigilantes Municipales al día de la solicitud que figuran inscritas en REGPOL.

Solicitud municipal por tramitación telemática a través de la aplicación REGPOL de la asignación del número de acreditación profesional

Orden de 16 de febrero de 2009, por la que se establece la descripción, diseño y características técnicas de la uniformidad de las Policías Locales, Vigilantes Municipales y Alumnado de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas y Escuelas Municipales de Policía Local.

Plazo de Inicio

  • Inmediatamente depués de la toma de posesión correspondiente del personal con nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local o como vigilante municipal.

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información pública:

Información sobre el tratamiento de datos personales

COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES Y VIGILANTES MUNICIPALES

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181206.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos cuya dirección es Avenida de la Guardia Civil 1, 41071 (Sevilla)  y cuyo correo electrónico es  sg.interior.cpai@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección dpd.cpai@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la asignación de número de identificación profesional a los agentes. 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes público y de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, derivados de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de policías Locales de Andalucía.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a los Ayuntamientos en los que presten servicio para el cumplimiento de la finalidad. Y a los Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que lo demanden en virtud de precepto legal.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Las categorías de datos personales tratados son datos identificativos de los agentes implicados y se han obtenido mediante comunicación del Ayuntamiento respectivo.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 09/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 23/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 23/04/2024
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