Personal Investigador en Formación Adscrito a Proyectos de Investigación de Excelencia: Procedimiento de Selección

Información general

Título formal:

Personal Investigador en Formación Adscrito a Proyectos de Investigación de Excelencia: Procedimiento de Selección

Código:
6186
Organismo:
Universidad, Investigación e Innovación
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
25/03/2013

Descripción

Procedimiento de selección del personal investigador en formación asignado a los proyectos de investigación de excelencia incentivados con cargo a la convocatoria de 2012. El número de plazas ofertadas con indicación de los organismos y universidades de adscripción, se recoge en el Anexo I de la Resolución de 24 de diciembre de 2014, de la SG de Universidades, Investigación y Tecnología (ver apartado normativa). Así mismo, en la página web de esta Consejería, se encuentra disponible la relación detallada de las plazas indicando los investigadores principales y denominación de los proyectos de investigación. Los candidatos deberán cumplimentar una solicitud por cada plaza solicitada. El formulario para la cumplimentación de la correspondiente solicitud está disponible en la siguiente dirección de internet http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

  • Aportación de documentos:

    Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.

    Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.

    Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.

Requisitos

El personal investigador en formación deberá solicitar autorización previa de la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para cualquier cambio de centro, dirección o proyecto de investigación o paralización del mismo.

El personal investigador en formación deberá justificar ante la Universidad u Organismo, el cumplimiento de la finalidad del incentivo, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que han determinado la concesión o disfrute de la misma.

El personal investigador en formación deberá desarrollar la tesis doctoral en el ámbito del equipo de investigación y del proyecto en el que ha sido seleccionado en un periodo de 4 años.

Esta actividad será incompatible con cualquier otra retribución o incentivo financiado con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, no autorizada expresamente por la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, previo informe del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad donde se integre.

Esta actividad será incompatible con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada, salvo los contratos derivados de la aplicación de los artículos 68 y 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o el artículo 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril).

El personal investigador en formación no podrá dedicar más de noventa horas durante cada curso académico, como parte de su formación, a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación

El personal investigador en formación deberá incorporarse a su centro de aplicación en el plazo establecido, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la misma.

El personal investigador en formación deberá realizar su labor en el centro de aplicación del incentivo a la formación al personal investigador.

El personal investigador en formación deberá desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleva a cabo la investigación.

Artículo 64 de la Orden de 11 de diciembre de 2007 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. 'Resuelvo Tercero de la Resolución de 24 de noviembre de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

Documentación

Memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, según modelo establecido al efecto, en la que deberá constar el estado de la misma y la conformidad de la dirección del trabajo.

Memoria final sobre la labor realizada con la valoración de la dirección del trabajo.

Declaración responsable de haber cumplido con los requisitos y condiciones que determinan la concesión y disfrute del incentivo.

Certificado de la ONG o de la empresa donde hayan prestado sus servicios y vida laboral en su caso.

Certificación acreditativa del grado de discapacidad, en su caso.

Expediente donde conste la totalidad de las materias cursadas con indicación de las calificaciones obtenidas y las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente. Asimismo se hará constar cuál es la calificación mínima necesaria para aprobar. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Documento acreditativo de haber sido admitido en los programas de doctorado de la Universidad correspondiente. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Título oficial de especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o Certificado oficial de Especialidad en Biología, (BIR), en Química (QUIR) o Psicología (PIR) en el caso de que las personas solicitantes posean alguna o algunas de las citadas titulaciones.

Libro de familia, en el caso de que las personas solicitantes se encuentren en el supuesto de cuidado de hijos y/o documentación acreditativa de la grave necesidad en caso cuidado de familiares.

Declaración responsable de haber cumplido con los requisitos y condiciones que determinan la concesión y disfrute del incentivo.

Certificación del Ministerio de Educación o equivalente, o de la representación acreditativa en España del país de origen, donde conste la escala de calificaciones del citado país. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Certificación acreditativa del grado de discapacidad, en su caso.

Expediente donde conste la totalidad de las materias cursadas con indicación de las calificaciones obtenidas y las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente. Asimismo se hará constar cuál es la calificación mínima necesaria para aprobar. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Certificación del Ministerio de Educación o equivalente, o de la representación acreditativa en España del país de origen, donde conste la escala de calificaciones del citado país. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Documento acreditativo de haber sido admitido en los programas de doctorado de la Universidad correspondiente. Cuando las personas solicitantes estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros homologados.

Resuelvo Quinto de la Resolución de 24 de noviembre de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Plazo de Inicio

  • 03/12/2014 - 22/12/2014 (15 días, contados desde el siguiente a la publicación de la Resolución de 24 de noviembre de 2014 de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología. (BOJA nº 235, de 2 de diciembre) y finalizará a las 18:00 horas del último día señalado.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Personal Investigador en Formación Adscrito a Proyectos de Investigación de Excelencia: Procedimiento de Selección

https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos

Responsable del tratamiento de datos personales.

El Responsable del tratamiento es la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades / Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla y cuyo correo electrónico es sguit.cteicu@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla o en el correo electrónico dpd.cteicu@juntadeandalucia.es.

Finalidad del tratamiento

Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar el proceso de solicitud, concesión y pago de los incentivos convocados.

Legitimación para el tratamiento de los datos

La base jurídica del tratamiento es:

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

RGPD. 6.1.c)Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento

Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 por el que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) (BOJA núm. 71, de 17 de abril de 2017).

Posibles destinatarios de la comunicación de los datos

Está prevista la posibilidad de ceder o comunicar sus datos a la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento.

Tiempo de conservación de los datos

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y mientras pueda derivarse posibles responsabilidades.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 02/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • Última actualización: 28/04/2022
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