Autorización de los mataderos que sacrifiquen animales de saneamiento ganadero obligatorio.

Información general

Título formal:

Autorización de los mataderos para el sacrificio obligatorio de animales en el marco de los programas nacionales de erradicación.

Código:
178
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Empresas
Fecha de creación:
12/11/2009

Descripción

Para poder proceder al sacrificio de animales dentro del Programa Nacional de Erradicación de Enfermedades de los Animales, por parte de los mataderos, deberá obtenerse la oportuna autorización por parte de la Consejería competente en materia de agricultura y pesca, además de cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Contar con una cámara frigorífica de capacidad adecuada a las previsiones de sacrificio para el mantenimiento de los decomisos y despojos; Contar con un emplazamiento e instalaciones adecuadas para la limpieza y desinfección de los vehículos de transporte de los animales de abasto.

El titular de la Dirección General de la Producción Agraria podrá disponer que en cualquier momento esté presente un veterinario designado por la autoridad competente en materia de Agricultura y Pesca para las comprobaciones y tomas de muestras que fueren pertinentes

Los sacrificios se realizarán siempre al final de la jornada de matanza sin que exista contacto entre los animales positivos y las demás reses de abasto; Todos los animales que vayan a ser sacrificados, serán previamente inspeccionados, con el fin de comprobar su identificación y documentación

El Veterinario Oficial del matadero remitirá, en el plazo máximo de 5 días naturales los documentos que amparan el traslado de animales positivos al matadero recogidos en el Decreto 55/1998, de 10 de marzo, por el que se establecen los requisitos sanitarios aplicables al movimiento y transporte de ganado y otros animales vivos, debidamente cumplimentados, a la Oficina Comarcal Agraria de donde procedan los animales sacrificados

El matadero está obligado a comunicar mediante fax o correo electrónico a la Oficina Comarcal Agraria de su domicilio el número de animales de cada especie objeto de sacrificio obligatorio al inicio de la jornada de trabajo

Demás requisitos previstos en el artículo 21 de la Orden de 29 de noviembre de 2004

El matadero informará a la Oficina Comarcal Agraria, en un plazo de 24 horas, sobre cualquier irregularidad que afecte al número de animales transportados. El Veterinario Oficial del matadero informará, en su caso y también de manera inmediata, sobre cualquier irregularidad concerniente a la identificación o marcado de los animales. En ambos casos, se notificará a la Oficina Comarcal Agraria a la que corresponda el matadero

Artículo 21 de la Orden de 29 de noviembre de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Documentación

Solicitud de autorización, en la que se hará constar: la especie o especies para las que se solicita la autorización, días de matanza, volumen máximo de sacrificios por día, plan de prevención de riesgos laborales y declaración de que el matadero cumple las condiciones y requisitos exigidos

Dictamen favorable de la Consejería de Salud, sobre las condiciones del matadero para el cumplimiento de los requisitos requeridos en el artículo 21 de la Orden

Artículo 22 de la Orden de 29 de noviembre de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Contados desde la fecha de presentación de la solicitud
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

REGISTRO ÚNICO DE GANADERÍA DE ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165596.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de la información.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (RGPD: 6.1.e); Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservará durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 17/01/2024
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