Derecho a la aplicación de las deducciones de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de carne de caza y salas de tratamiento de reses de lidia: Reconocimiento previo

Información general

Título formal:

Derecho a la aplicación de las deducciones de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de carne de caza y salas de tratamiento de reses de lidia: Reconocimiento previo

Código:
2440
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Empresas
Fecha de creación:
13/07/2009

Descripción

La Ley contempla la creación de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria con la finalidad de dar cumplimiento a la normativa comunitaria, quedando suprimidas las tasas por inspecciones y controles sanitarios de animales y sus productos, siendo este procedimiento el que regula el derecho a la deducción de esta nueva tasa en los supuestos enumerados en la normativa.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Artículo 2 del Decreto 384/2009, de 9 de diciembre

Artículo 2 de Decreto 384/2009, de 9 de diciembre.

Documentación

Copia autentificada de la certificación concedida por entidad certificadora en el que conste que el sistema de gestión de la calidad y el sistema de autocontrol están integrados

Declaraciones especificadas en la norma corroborada por el Distrito o Área de gestión sanitaria correspondiente

En el caso de ser persona jurídica o acreditación de la representación legal

Informe favorable respecto a la última supervisión completa del sistema de autocontrol de la empresa realizado por el Control Sanitario Oficial

Artículo 6 de Decreto 384/2009, de 9 de diciembre

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No
Última actualización: 17/01/2024
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