Actividad de transporte por conductores de terceros países: Expedición del certificado de conductor

Información general

Título formal:

Actividad de transporte por conductores de terceros países: Expedición del certificado de conductor

Código:
887
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Empresas
Fecha de creación:
14/08/2009

Descripción

Obtención del certificado obligatorio para la conducción por cuenta ajena de vehiculos dedicados a la realización de transportes de mercancías o de viajeros en autobus, ya sean públicos o privados complementarios, cuando el conductor del vehículo sea nacional de un tercer pais no perteneciente a la Unión Europea.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Que la empresa solicitante sea titular de autorizaciones de transporte público o privado complementario, de mercancías o de viajeros en autobús.

Documentación

La indicada en el Artículo  2 de la ORDEN FOM/3399/2002, de 20.12 (BOE número 8 de 9.1.2003)

 

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la materia
  • Delegaciones Territoriales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Novedades

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de Consulta de estado

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Tramitación

  • 16/05/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 25/03/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 25/03/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • Última actualización: 25/03/2020
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