Una de las obligaciones de los empresarios y empresarias consiste en garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en cualquier aspecto relacionado con su actividad laboral.
Es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Es la herramienta fundamental integra la seguridad y salud de los trabajadores en la gestión de la empresa.
El plan habrá de reflejarse en un documento que quede a disposición de autoridades laborales, sanitarias y de los representantes de los trabajadores. El documento debe incluir:
Las bases sobre las que se asienta el plan deben ser la evaluación de riesgos (no sólo al principio de la actividad, sino continuadamente) y la planificación de la actividad preventiva.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales hace especial hincapié en la adecuada formación de los trabajadores y trabajadoras en esta materia, indicando que es una obligación del empresario asumirla para evitar riesgos. El incumplimiento de esta obligación está catalogado como falta grave.
Es importante que se establezcan medidas de formacióne en riesgos laborales:
La formación debe ser específica para cada puesto de trabajo y debe impartirse dentro de la jornada laboral o preveer el descuento del tiempo empleado en la misma.
Tanto empresas como trabajadores pueden informarse acerca de cualquier aspecto relacionado con la salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales, a través de la siguiente línea de teléfono y dirección de correo electrónico, habilitados por la Junta de Andalucía.
El teléfono está atendido de 9 de la mañana a 9 de la noche todos los días laborales.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 902 505 505 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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Obligaciones de la empresa