Los impuestos que deben pagar las empresas y/o autónomos son varios a nivel local (ayuntamientos), regional (Junta de Andalucía) o nacional (Agencia Tributaria).
Entre las responsabilidades de las empresas se encuentran los siguientes pagos:
Se trata de un impuesto que grava los beneficios de las empresas. Se paga de forma anual al finalizar cada ejercicio fiscal.
El formulario que debes solicitar es el Modelo 200 o modelo 220 (para grupos fiscales). En el caso de pago fraccionados, los formularios son el modelo 202 o el modelo 222.
Aplicable a empresarios y profesionales, personas físicas y personas físicas miembros de entidades en régimen de atribución de rentas.
Existe regimen simplificado. Una declaración al año o trimestral.
El IVA grava el consumo. Los empresarios y profesionales lo cobran para posteriormente ingresarlo en Hacienda.
El IVA se liquidará a cuenta presentando liquidaciones de los tres primeros trimestres del año natural. El resultado final se obtendrá en la liquidación final correspondiente al cuarto trimestre.
Se trata de un impuesto directo gestionado por los ayuntamientos. Su cuantía es la misma independientemente de los ingresos o gastos asociados con tu actividad.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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Obligaciones de la empresa