Las asociaciones de alumnos son un cauce fundamental para posibilitar la participación de los alumnos en las actividades de los centros escolares. Pueden constituirse en todos los centros docentes, públicos o privados, no universitarios.
Sus finalidades son:
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Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en los Centros.
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Colaborar en la labor educativa de los Centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
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Promover la participación de los alumnos en los Consejos Escolares de los Centros públicos y concertados, para lo cual podrán presentar candidaturas en los correspondientes procesos electorales.
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Realizar actividades culturales y deportivas.
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Realizar actividades que fomenten la acción cooperativa y el trabajo en equipo.
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Promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación vigente.
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Facilitar el ejercicio de los derechos de los alumnos reconocidos por la legislación vigente y, en particular, por el artículo 6º de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
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Asistir a los alumnos en el ejercicio de su derecho a intervención en el control y gestión de los Centros sostenidos con fondos públicos.
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Facilitar la participación de los alumnos en los Consejos Escolares de los centros públicos y concertados y en la programación general de la enseñanza, a través, de los correspondientes órganos colegiados.
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Expresar la opinión de los alumnos asociados en la elaboración del régimen interior del Centro, fundamentalmente en los aspectos concernientes al alumnado.
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Cualquier otra finalidad determinada y lícita prevista en sus estatutos, siempre que resulte compatible con las anteriores.
¿Aún tienes dudas?
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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