Prestación ortoprotésica

En Andalucía, las prestaciones recogidas en el Catálogo General de Ortoprotésica son prescritas, dispensadas y financiadas por la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía en las condiciones y cuantía que en cada caso se determinen.

Procedimiento de adquisición

La prescripción de los productos ortoprotésicos deberá ser realizada por el personal médico de asistencia especializada. Las prestaciones ortoprotésicas cubiertas por el Servicio Andaluz de Salud son las prótesis externas, sillas de ruedas (manuales y a motor), órtesis y otros artículos comprendidos en el Catálogo General de Ortoprotésica, así como la reparación o sustitución parcial de los componentes deteriorados de productos anteriormente dispensados.

Es necesario disponer del documento de prescripción y, posteriormente, acudir a la Unidad de Prestaciones en el centro sanitario. Es esta unidad la que hará entrega a las personas afectadas de la siguiente documentación:

  • Original del documento de prescripción, cumplimentado en los apartados que corresponden.
  • Ficha informativa sobre el producto prescrito.
  • Relación de Gabinetes técnicos con los que existe convenio de colaboración.

Ten en cuenta que cuando se prescriban productos que no tienen establecida cuantía, será necesaria la aprobación previa de un presupuesto.

Visado

Para algunos productos es necesario un visado como condición previa para la dispensación.

La identificación de la persona responsable del Visado se hace mediante un sello en el que figure la denominación de la institución, su nombre y dos apellidos, además de la firma y la fecha en que tiene lugar el visado. Junto con los que figuran con esta exigencia en el Catálogo General de productos ortoprotésicos, será necesario el visado cuando se prescriba más de una unidad del mismo producto.